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Tema: CON LA IGLESIA HEMOS TOPAO ***DENUNCIADOS***

  1. #61
    Ya lleva tacos Avatar de titos
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    entonces creo que recojeré la notificación de correos y la recurrimos todos juntos:

  2. #62
    Ya lleva tacos Avatar de ElNota
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    Carrasqueta y sus proximidades...
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    Cita Iniciado por Foil Ver mensaje
    Creo que si la pagas no puedes recurrirla, ya que aceptas que has cometido la infracción que se denuncia...
    De cualquier forma, suerte y a ver si "sólo" son 60 €...
    Lo normal es que si pagas admites tu culpabilidad.

    En carretera si pagas antes de 20 dias tienes el 50% de Dto. Aqui tambien es el caso? Cuanto tiempo te dan para pagar?? Que ocurre si no pagas???
    ElNota! q pilota...



    TT Isla de Man 2009

  3. #63
    Ya lleva tacos Avatar de TRISISTA
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    Cita Iniciado por ElNota Ver mensaje
    Lo normal es que si pagas admites tu culpabilidad.

    En carretera si pagas antes de 20 dias tienes el 50% de Dto. Aqui tambien es el caso? Cuanto tiempo te dan para pagar?? Que ocurre si no pagas???
    La verdad es que no dice nada del 50 % de descuento, y lo del tiempo para pagar .... es que como lo que hemos recibido es la notificiacion de la apertura del expediente (según dicen ahora se investigará si hemos hecho daño a la pista y/o a la vegetacion) y en un plazo máximo de seis meses recbiremos la sanción en firme por un valor de 60 a 600 €, si bien la propuesta es de 60 €. El plazo de alegación es de dos semanas fecha de entrega. Si pagamos yá se termina la "investigación" y se cierra el expediente. Si no pagamos, no pasa nada pues en realidad todavía no nos han sancionado.
    Nosotros vamos a recurrir a ver si tenemos suerte y si no, pues según nos han asegurado no va a ser más de 60 €.
    Bueno, estás ya por las Españas....???

  4. #64
    Veterano mototrailero Avatar de JOE VESPINO
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    Lo de la reducción por conformidad es solo para infracciones (y no todas) de la Ley de Trafico y Seguridad Vial, y para sanciones tributarias, no para sanciones por infracción de normativa medioambiental.

    En este caso la sanción no es ejecutiva (exigible) hasta que se resuelva el recurso de alzada, por lo tanto ahora puedes hacer alegaciones y contra la resolución que se dicte, podrás interponer recurso de alzada sin tener que pagar y sin que ello aumente el importe de la sanción.

    Ahora bien, si se trata de 60 €, pues tu mismo.
    "Menos mal que yo no creo en la violencia, porque si no os mataba a todos"

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