No habia leido esto. Esto de la matricula pequeña es un "post guadiana", una de esas cuestiones recurrentes que mas o menos cada seis meses surgen en el foro, tipo al centro de gravedad de pie o sentado esetera.
A mi me denunciaron en su momento y despues de estudiar el tema es mucho mas complicado que lo de que sea moto de trial o enduro segun la directiva esa que todo el mundo cita etc. Hable con ITVs, responsables de homologaciones de algun famoso fabricante de motos naranjas etc y tras once folios de alegaciones archivaron la denuncia. De hecho hay un informe-consulta de la DGT sobre la 690 en la que concluyen que si que puede llevar etc., hay gente que la lleva incluso en 990´s, nunca sin problemas y otros con pequeñas trails les echan para atrás.
Por cierto, las directivas no son vinculantes del todo hasta que no se trasladen al ordenamiento interno pero tienen "efecto directo", las puedes alegar en tu favor.
"Menos mal que yo no creo en la violencia, porque si no os mataba a todos"
He de reconocer que con lo de "post guadiana" me he quedado como un conejo cuando le hacen largas . No recuerdo haber leído sobre el tema aquí aunque seguro que ha aparecido. De hecho estaba seguro de que la matrícula pequeña no estaba permitida en moto de trail hasta que leyendo el artículo de Motociclismo he caído en el detalle: "Directiva Europea". Dada tu experiencia y formación doy por validada la tesis del mensaje de cabecera. Lo que no me queda claro (entiendo que no) es si la 690 de la que hablas cumple con las medidas indicadas en la directiva y si es posible acceder al informe de la DGT que citas.
http://www.motostrail.com/vb2011/thr...a-peque%C3%B1a
http://www.motostrail.com/vb2011/thr...os-paran-mucho
http://www.motostrail.com/vb2011/thr...a-peque%C3%B1a
El informe del 2012 del Coronel Director de la Escuela de Tráfico de la GC lo tengo en PDF Y te lo mando por e-mail si quieres pero concluye lo siguiente:
4.1.- Criterios a seguir para la identificación de la motocicleta
A la hora de poder determinar en carretera s
por consiguiente, puede llevar instalada la placa de matrícula denominada “
práctica debemos guiarnos, como único dato objetivo a considerar, por
figura en la documentación de la misma
la primera, entre los datos reflejados
2002/51/CE, es decir: altura máxima del asiento; distancia mínima al suelo; relación de transmisión mínima
en la marcha superior y, en el caso de las motos de trial, capacidad máxima del depósito de combustible (4
litros), figurando tan sólo, en algunos casos, la altur
a los efectos de esta consulta.
Para encontrar los citados datos ten
cuestión, documento éste en poder de los órganos competentes en materia de industria
del fabricante de la motocicleta
de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA)
agentes intervinientes pudieran obtener, mediante medición “in situ”, los datos a que se refiere la norma de
aplicación y hallar la relación de transmisión, datos todos ellos
INSTALACIÓN PLACA MATRÍCULA “MOTOCICLETAS CORTA” EN
MOTOS DE TRIAL Y ENDURO
superiores e inferiores del emplazamiento para el
ngitudinal sensiblemente vertical
si una motocicleta es de la especialidad de “
motocicletas corta
la denominación comercial
-tarjeta de inspección técnica y/o permiso de circulación
reflejados, no constan aquellos a que se refiere el artículo 2.4)
lo, altura total de la motocicleta, dato este que carece de interés
tenemos que acceder a la “ficha técnica reducida” de la motocicleta
oder o, en último caso, en la Asociación Española de Entidades Colaboradoras
AECA), salvo que, caso improbable, los
a los que difícilmente podrá
2012
riores respecto
vertical)
trial” o “enduro” y,
corta”, en la
que
circulación- ya que en
de la Directiva
” en
-estaciones ITV-,
, acceder.
Deberá ser el órgano competente de materia de industria (ITV) quién, en ocasión de pasar la correspondiente
inspección, y en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1.3 (Placas de matrícula), del “Manual de
Procedimiento de Inspección de las Estaciones I.T.V.” dictamine si tales placas de matrícula son correctas
o por el contrario, en aplicación de lo dispuesto en el apartado d.4) del citado apartado, declarar
desfavorable dicha inspección por “Deficiencias graves”.
"Menos mal que yo no creo en la violencia, porque si no os mataba a todos"
Pregunta: Cuando tu pasas la ITV, te sacan una foto de la moto no?.
Esa foto obra en poder de las autoridades de trafico y la pueden consultar telemáticamente?
Porque ahí verían si has pasado o no la inspección con dicha matricula.
O eso también valdría de poco y se pondrían a investigar relaciones de cambio y medir (y pesar) el vehículo?
EDITO otra vez:
La directiva que cita el susochido Coronel, es la DIRECTIVA 2002/51/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 19 de julio de 2002
sobre la reducción del nivel de emisiones contaminantes de los vehículos de motor de dos o tres ruedas, y por la que se modifica la Directiva 97/24/CE
No veo que esté vinculada una normativa de emisiones con una sobre placas de matricula por ningún lado.
Si que podría estar ligada en cierta forma a la REGLAMENTO (UE) No 168/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de enero de 2013 relativo a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos ya que para homologar vehículos los clasifica primero y ahi distingue las de enduro y trial, peso en orden de marcha y capacidad en ocupantes incluida, aunque sigue sin quedar claro que ambas leyes están vinculadas, bueno, creo yo...
Última edición por Trencaterros; 15/05/2020 a las 15:59
Team Mistela
Joe, te paso mi email por el caralibro.
Leído el informe. En resumen dice:
- Que las motos de enduro y trial (según directriz europea) matrículas a partir de 2012 pueden y deben llevar la pequeña y las otras motos no.
- Que no te pueden multar por llevar matrícula pequeña en una trail porque no tienen manera de comprobar si es una moto de enduro o no puesto que no aparece en la documentación ni tienen modo de saberlo.
Pues totalmente contradictorio.
Pues si según directriz europea marca tres puntos a cumplir, son medidas fácilmente comprobables con la tarjeta de inspección técnica y un metro.
Vamos lo de siempre, que en unas ITV si y en otras no y Unos GC si y otros no. Y luego si quieres recurre y a lo mejor si o tal vez no, te hagan caso.
SUZUKI DRZ400 S