https://www.20minutos.es/motor/movil...a-dgt-4997182/
Al final nos van a regular hasta como vestir, como andar y como respirar.
Esperemos que a algún iluminado de la DGT no se le ocurra regular el tema también en las motos.
https://www.20minutos.es/motor/movil...a-dgt-4997182/
Al final nos van a regular hasta como vestir, como andar y como respirar.
Esperemos que a algún iluminado de la DGT no se le ocurra regular el tema también en las motos.
Menudo artículo...
Luego le daré otra vuelta a la reforma de la ley, pero no recuerdo haber leído nada de los soportes para móviles. Según el artículo,no lo puedes llevar con un soporte al parabrisas para no entorpecer la visibilidad (normalmente, con esos soportes el moviyqueda apoyado en el salpicadero) pero si lo puedes llevar con un soporte encima del cuadro de instrumentos, justo delante de tus ojos...
Manipular el móvil conduciendo son 4 puntos, no 6. Siempre que éste vaya en su soporte. Utilizarlo manualmente para hablar sí son 6 puntos.
Si que nos lo regulan todo, si. Manipular el GPS o el móvil en la moto, también son -4 puntos.
V-STROM 650 XT
Alguien tiene algo mas concreto sobre esto?
Estoy mirando en el manual de ITV y en la ley de trafico y no veo nada referido a esto.
En el manual de la ITV hace referencia a "montantes" que reduzcan el campo de vision directa del conductor.
3.6 Campo de visión directaa.- ESPECIFICACIONES GENERALESLos vehículos deben estar construidos y mantenidos de forma que el campo de visión directa delconductor hacia delante, hacia la derecha y hacia la izquierda, le permita una visibilidad diáfana sobretoda la vía por la que circule. En particular no se permitirá la existencia de láminas adhesivasantisolares en el campo de visión directa del conductor, salvo en vehículos destinados a serconducidos por personas diagnosticadas de lupus.Aplicación: Vehículos de las categorías M y N.b.- MÉTODOMediante inspección visual se comprobará:- Que el campo de visión directa del conductor hacia delante, derecha e izquierda, no resulte impedidoo reducido a causa de montantes, adhesivos, láminas adhesivas antisolares, cortinas u otros objetosfijos.
Y en la ley, Artículo 19. Visibilidad en el vehículo.1. La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, entodo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda lavía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos.
Última edición por Koji_; 09/09/2022 a las 09:09
La hierba siempre es mas verde al otro lado de la colina.
Sí, claro. Llevar el móvil en la mano son 6 puntos. Manipularlo llendo en su soporte, así como manipular el GPS, son 4.
V-STROM 650 XT
Puta manía de querer dirigirlo todo.
Pues cuando las barbas de tu vecino veas pelar...
Y más en los coches, que yo creo que ya hasta las gamas más bajas vienen con pantallas con GPS o mirror... vamos, que soporte deben llevar solo los coches de hace 10 años ó mas.
la Ley de Seguridad Vial no dice sino que se remite a lo que se reglamente. Alguien tiene a mano lo nuevo? No lo encuentro
"Menos mal que yo no creo en la violencia, porque si no os mataba a todos"
Y cuando vamos con el roadbook manual también será punible el ir pasando las hojas con las ruletas, supongo.