Esto es lo que dice la DGT "Solo puede sobresalir la carga por la parte posterior de un turismo, según el Reglamento, un 10% de la longitud del vehículo. Si la carga es indivisible, puede exceder el largo del coche en un 15%"
Asi que es legal, ocurre lo mismo con los portabicicletas que van el porton o en la bola que puede sobresalir tambien, pero en el caso de las bicicletas hay que llevar una señal V20 en cada extremo.