Con fecha 4 de abril de 2022 consta la resolución que declara Zona de Especial Protección de Calidad Acústica (ZEPQA) al Parque Natural del Alt Pirineu. Esta resolución se apoya en el Plan de acción para la declaración de zona de especial protección de la calidad acústica en el Parque Natural del Alt Pirineu. En desarrollo de este Plan de acción, se ha prohibido “el acceso con motos, quads, ATV y buggies” a la Pista de Bonabé (C-147).

Respecto al Plan de acción y la prohibición:
- El documento menciona la realización de un “estudio acústico” no anexado, por lo que es imposible verificar aspectos como la metodología o si se utilizaron sonómetros homologados.
- Debido a que la Pista de bonabé era y sigue siendo una carretera abierta al paso de otros vehículos motorizados, como por ejemplo coches, existen serias dudas sobre los niveles de decibelios alcanzados, ya que incluso los vehículos eléctricos e híbridos están obligados a incorporar sistemas de aviso acústico (SAAV), de emisión superior a 56 dB. Todo ello pondría en riesgo el status de ZEPQA, uno de cuyos requisitos es no superar el límite 50 dB.
- Por último, dado que no solamente las motos (quads, ATV y buggies) superan los 50 dB, el hecho de prohibir la circulación única y específicamente a esos vehículos sitúa en una desigualdad ante la ley a quienes de los mismos son propietarios por circunstancias personales. Todo lo cual, pienso, supone una vulneración del Artículo 14 de la Constitución Española y una criminalización arbitraria de un colectivo de personas.

Solicito:

1. Que se haga público el estudio acústico sobre el que se basa la declaración de ZEPQA.
2. Que la administración razone por qué no ha utilizado un criterio uniforme a la hora de prohibir el acceso (¿por qué no se prohíbe también la circulación de vehículos eléctricos que por normativa están obligados a emitir más de 56 dB?). De lo contrario y dado que sencillamente es irracional, solicito que, o bien, se prohíba el acceso a todo vehículo que supere los 50 dB (con independencia del tipo de vehículo), o bien, que se retire la prohibición.
3. En un documento previo (Estudio de la capacidad de carga turística del valle de Bonabé en el Parque Natural del Alt Pirineu) se sugieren medidas alternativas a una prohibición total, como la “implementación de un límite diario” o “la apertura de otras pistas alternativas”. Solicito que se proceda de esa manera como termino medio.