PDA

Ver la versión completa : COMPULSACION DE DOCUMENTACION



zwo
27/01/2006, 23:24
Anibal me ha preguntado en un privado, por un comentario que hice en el post de la mochilita, sobre la documentacion compulsada contesto por aqui por si alguien mas no lo sabe y le puede interesar.
La documentacion compulsada es una fotocopia de los papeles de la moto, ficha tecnica y permiso de circulacion, que en trafico te la cotejan con el original y te ponen un sello que le da validez oficial asi no tienes necesidad de llevar el original.
Lo veo interesante pues si por mala suerte pierdes la documentacion se te moja te la roban etc pues solo has perdido una mera fotocopia que se puede volver a realizar pero si por el contrario es el original pues imaginaos la pelicula viajecitos a trafico y a la ITV y por supuesto a pagar lo que te pidan, porque piden, aparte del trastorno y del tiempo.
Yo llevo incluso el carnet de conducir tambien compulsado.
Recomiendo que antes de hacerlo pregunteis en trafico porque se al menos de dos comunidades autonomas que lo hacen de distinta manera pero hacerlo lo hacen. Aunque ya me he tropezado con algun guardia que me ha dicho que porque lo llevo compulsado, hace un poco de gracia la pregunta.
La pega es que cada vez que pases la ITV la ficha tecnica la tienes que volver a compulsar,logicamente a la ITV tienes que llevar el original, pero yo creo que aun asi compensa.
Parece ser que la ley no esta muy clara y se de gente que lo lleva compulsado por otros organismos oficiales que cobran mas barato pero yo por si las moscas lo hago en trafico , me cobraron 6 euros por cada papel que compulse.

28/01/2006, 10:21
gracias por la informacion, la verdad es q no esta demas tener esa fotocopia en vez del original, porq en monte ya se sabe lo q puede pasar.......

28/01/2006, 11:10
BUENA IDEA SER.....
BUENA IDEA SER....tomo nota de ello....6€?si es que no pierden el tiempo los c******!!!

No deberian de haber problemas, los coches de alquiler usan este sistema ya desde hace tiempo.

ratbike
28/01/2006, 12:07
Cuidadin con el tema porque la copia compulsada tendrá la misma validez que el original en el procedimiento administrativo concreto de que se trate, sin que en ningún caso acredite la autenticidad del documento original, por lo tanto no tiene la misma validez.
Si tuviera la misma validez sería muy fácil falsificar la documentación.
La validez de las fotocopias esta limitada a demostrar la existencia del documento, no a sustituirlo, no son un duplicado.
Por otra parte no es necesario ir a Tráfico a hacer la compulsa, te la puede hacer:
a) obligatoriamente:
- Fedatarios públicos.(notarios y demás)
- Dirección General de Tráfico y su organización periférica.
- Fuerzas de Vigilancia.
- Administración autonómica.
- Resto órganos Administración Pública.
b)Voluntariamente
- Ayuntamientos.
- Policía Municipal

Todo esto emana grácilmente, cual mandamientos magnánimos salidos de la mano del mismísimo dios, de la Ley 30/92, de, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Reglamento General de Vehículos (RD 2822/98) :asias:

Añado (copy y paste):
La Dirección General de Tráfico las considera válidas siempre que hayan sido compulsadas y esté identificado el organismo o persona que haya hecho la compulsa. La legislación vigente también permite plastificar las fotocopias.

Si se me permite una segunda revisión del post añado:

#

Sanciones

# Conducir sin llevar el carné de conducir o el permiso de circulación se multa con 10 euros, mientras que hacerlo sin haberlo obtenido supone un desembolso de entre 150 y 900 euros, según el tipo de vehículo. Si el carné de conducir está caducado, la multa es de 150 euros.

# Circular sin la tarjeta ITV o sin el certificado de la última inspección supone una sanción de 10 euros. Si no se tiene la tarjeta, la multa oscila entre 150 y 900 euros; si se circula con ella retenida por una estación ITV, se sanciona con 450 euros.

# Si se ha dejado la póliza del seguro obligatorio o el último recibo del mismo en casa, sepa que deberá abonar 60 euros. Circular sin seguro conlleva una sanción de entre 600 y 3.000 euros. Si la entidad aseguradora de su vehículo no le ha hecho llegar el último recibo, dispone de 30 días para presentarlo.

28/01/2006, 15:06
ok, tomo nota de todo. Me parece una idea muy buena, y útil.