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Ver la versión completa : Y así están las cosas en Castilla y León.



relexe
08/07/2009, 10:46
No se puede estar en el monte ni a pie en época de incendios.



Se consideran actividades prohibidas durante la época de peligro alto
de incendios forestales, las siguientes:

f) La estancia de personas en los montes, excepto:
• La estancia en las Áreas Recreativas ubicadas en los montes
públicos y en los equipamientos de uso público habilitados al
efecto en los Espacios Naturales Protegidos.
• La relacionada con las actividades de vigilancia, gestión y mantenimiento
tanto de montes públicos como privados.


Extraido del último decreto de la consejeria de medio ambiente de junta.
http://www.jcyl.es/scsiau/Satellite/up/ds/MedioAmbiente/pdf;charset=UTF-8/830/326/Incendios%20autonomica.pdf/_?asm=jcyl

No salgan de sus casas señores!
:hammer: :hammer:

Mayhem
08/07/2009, 11:18
Ya solo les falta poner un muro alrededor de las ciudades para que la gente no salga. :-D

queretes
08/07/2009, 11:34
Cada dia se pone mas cuesta arriba, cada dia pasamos mas rato en el lado oscuro, habra que acostumbrarse a vivir en la ilegalidad porque renunciar no renunciaremos seguro (nosotros al menos).

Saludos cordiales: Queretes

JOE VESPINO
08/07/2009, 12:01
Casi naaaa, del 15 de junio al 30 de septiembre.:-o

Es que dan ganas de vender la moto¡¡¡¡¡

Leolo
08/07/2009, 12:51
Hay que matizar un poquito esa información, sobre todo porque se contradice (estos legisladores de pacotilla...)con lo que dice a continuación el art. 5 de la misma resolución, en su apartado a), "Sin perjuicio de las prohibiciones recogidas en el artículo anterior, se permite el tránsito así como la estancia de personas en los montes de acceso libre. Estas deberán adoptar todas las medidas necesarias para no provocar un incendio forestal"

Y sigue diciendo el apartado c) "La circulación de vehículos a motor por el monte se regula según lo dispuesto en el punto 4 del art. 60 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y león y lo dispuesto en el punto 2 del art. 54 bis de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes."

Y ambos artículos vienen a decir que se no permite la circulación fuera pistas forestales o aparcamientos señalizados como tales, salvo algunas excepciones (gestión, vigilancia, extinción de incendios… o autorización expresa)

En resumiendo: yo entiendo que por pistas forestales se puede circular en cualquier época del año salvo que, cuando las circunstancias de peligro de incendio así lo aconsejen, la Dirección General del Medio Natural lo prohiba mediante resolución que deberá publicarse en el BOCL.

Saludos!!

relexe
08/07/2009, 13:00
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Leolo
08/07/2009, 13:12
:descohone: :descohone: :descohone:

No lo podías haber expresado mejor, ja, ja, ja... La verdad es que el que ha redactado esa Orden no ha hilado muy fino... porque primero lo prohibe y luego dice que se permite...

Saludos!

javivegue
08/07/2009, 14:11
saludos :hammer:
hombre...pues que esperabais, las leyes siempre se contradicen, asi pueden aplicar lo que mas les convenga en su momento, en una frase "la parte estrecha del embudo para la mayoria del pueblo y la parte ancha para unos pocos (politicos, administraciones, banca, grandes emporios etc...., pues sabeis que os digo :toma: para todos ellos
:amo:

luismi07
08/07/2009, 14:52
Pues asi de claro te digo, si no puedo tocalo ni miralo, que se pegue fuego y le den por :toma:

Para que cojones lo queremos si no se puede disfrutar.

Eso si, con precaución y al gilipollas que meta la pata que lo pague. :pasa:

FUMERO
08/07/2009, 17:30
Yo no he recibido en mi correo ninguna carta.

!Así que seguiré como siempre!

:bici: :bici:

jorquer
08/07/2009, 18:32
Vender la moto ni loco, a mi lo que me dan ganas es de ......

mejor me cayo, y pensar que mis impuestos sirven para pagarles el sueldo.

http://www.caratulasdecine.com/Caratulas1/Un_dia_de_furia.jpg

fersg
09/07/2009, 10:37
Gracias Leolo, me has alegrado un poco la mañana.
Muchas veces nos hacemos pajas mentales con nimiedades.
El caso es que estoy saliendo mas que nunca, esta tarde con la tontería van a caer 200 km de ida por caminos, y 150 de vuelta por carretera, (se me olvidó el dni en el pueblo y lo necesito muchísimo , así que a las 20.00 tiro a buscarlo :puro: :puro: ).

Trencaterros
09/07/2009, 14:59
Hombre, tal como está el patio...aquí durante la ola de calor prohibieron hasta cosechar y empacar durante las horas de más calor y sequedad en algunas comarcas...se habian producido varios incendios debido a esta maquinaria y decidieron cortar por lo sano aunque solo hubieran afectado a, mayormente, a cultivos.

En mi opinión, y es muy acertado el ejemplo de los hermanos Marx, viene a decir que en circunstancias excepcionales pueden cerrar el monte a cal y canto. Que esta mal redactada la legislación? Nooooooooo, yo creo que está echo a posta para que la gente se acojone y, por si las moscas, no vaya al monte. O que deje un hueco legal a los agentes y se ampare en el desconocimiento del sancionado, quien si recurriera correctamente, deberia dejar sin efecto la denuncia.

Puede o no conseguir su fin y este ser mas o menos beneficioso para el bien general, vista la cantidad de cafres, cerdos e ignorantes que salen por ahí en vacaciones, mezclados con algo de gente decente, pero lo que tengo claro es que utilizar el miedo de la población para conseguir un fin es terrorismo, y hoy en dia muchos politicos lo utilizan, lejos de empuñar un arma...