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Ver la versión completa : ¿Obligatorio dar de baja a moto sin seguro?



zero
14/01/2011, 17:59
¿sabeis si es verdad que si quitas el seguro a una moto,porque la vas a dejar parada o averiada,hay que darla de baja?.Vamos¡que si la quieres tener unos años parada o desmontada en el fondo del garaje,lo mismo que hay que pagar el impuesto municipal,hay que tenerla asegurada.
cuando me lo ha dicho la del seguro,no me lo podia creer y casi que no me lo creo.
saludos

JOE VESPINO
14/01/2011, 18:45
Hola Valen.

Te pego lo que dice la Ley respecto a la obligacion de asegurar la moto: "Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo."

Otra cosa es que normalmente no pasa nada porque el vehículo no circula y nunca te pararán, pero el día que salga la moto en algún cruce de las bases de datos de trafico y la Dirección General, te puede caer una buena.

Saludos.

lagarto_ktm
14/01/2011, 19:16
Hola, si vas a tener la moto parada unos años lo mejor es darla de baja temporal, no es muy caro, creo recordar que son 9€ o menos, con esta baja no pagas el impuesto municipal o de circulacion y sobre todo no hace falta tenerla con seguro, cuando quieras volver a darla de alta solo tendras que pagar otros 9€, asegurarla y pasar la itv.

Salu2.

xtzero
14/01/2011, 19:37
Pues si, es asi, tal y como cuentan los compañeros.

pollete76
14/01/2011, 20:27
lagarto_ktm escribió:
Hola, si vas a tener la moto parada unos años lo mejor es darla de baja temporal, no es muy caro, creo recordar que son 9€ o menos, con esta baja no pagas el impuesto municipal o de circulacion y sobre todo no hace falta tenerla con seguro, cuando quieras volver a darla de alta solo tendras que pagar otros 9€, asegurarla y pasar la itv.<br /><br />Salu2. Opino igual que lagarto_ktm.
Además la del seguro te dice su verdad... claro que hay que tener un vehículo asegurado si lo tienes dado de alta y circulando, pero se ha olvidado decirte que no pasa nada si no circulas con la moto por la calle, nadie va a ir a tu casa a denunciarte ni hacienda te va a perseguir. También se ha olvidado recomendarte que acudas a tráfico y realices una baja temporal al vehículo para que tampoco pagues el impuesto de circulación... O no os habéis entendido bien o te ha explicado incorrectamente la realidad de este tema

Salu2

macmoto
14/01/2011, 21:04
No tenia ni idea del asunto,tengo el escuter de mi hija en el garaje ,parado hace un año, sin seguro, y resulta que estoy infringiendo la ley,(soy un delincuente) jajajajaja.

snowbiker
14/01/2011, 21:05
pollete76 escribió:
Acotación:<div class="xoopsQuote"><blockquote><br />lagarto_ktm escribió:<br />Hola, si vas a tener la moto parada unos años lo mejor es darla de baja temporal, no es muy caro, creo recordar que son 9€ o menos, con esta baja no pagas el impuesto municipal o de circulacion y sobre todo no hace falta tenerla con seguro, cuando quieras volver a darla de alta solo tendras que pagar otros 9€, asegurarla y pasar la itv.<br /><br />Salu2.</blockquote></div> Opino igual que lagarto_ktm.<br />Además la del seguro te dice su verdad... claro que hay que tener un vehículo asegurado si lo tienes dado de alta y circulando, pero se ha olvidado decirte que no pasa nada si no circulas con la moto por la calle, nadie va a ir a tu casa a denunciarte ni hacienda te va a perseguir. También se ha olvidado recomendarte que acudas a tráfico y realices una baja temporal al vehículo para que tampoco pagues el impuesto de circulación... O no os habéis entendido bien o te ha explicado incorrectamente la realidad de este tema<br /><br />Salu2

Estoy de acuerdo con los compañeros, salvo por un detalle. Aunque el vehículo no circule, su propietario (tu, en este caso) está sujeto a la responsabilidad civil. Te voy a poner dos ejemplos muy tontos y un poco extremos, pero que espero que te sean de ayuda:

La moto está parada, pero contiene gasolina en su interior, por una casualidad se producen un conjunto de factores X que hacen que la gasolina se incendie y provoque un incendio en el parking que se extiende a un total de 4 coches: El responsable es el propietario (o sea, tu)y el seguro del pk no se va a hacer cargo de nada, con el añadido que deberás hacerte cargo de pintar el parking.

2o ejemplo, (este mas factible) los hijos del vecino del 3o 2a (que son unos cabr*ncetes de mucho cuidado) y que ya le has pedido a sus padres varias veces que no jueguen en el párking, montan un partido de fútbol con los amigos de la cuadrilla en el garaje de tu casa. En un momento dado, uno de los críos decide que puede ser muy guai subirse a tu moto, con lo cual acaban subiéndose los 15 con pelota incluida. La moto va al suelo y le parte la pierna a uno y las gafas a otro. Aunque moralmente no tienes ninguna culpa, al haber lesiones (y más siendo a un niño) al primero que irán a buscar y a quien reclamarán los daños y perjuicios en primera instancia, va a ser a ti.

Así que, lo que debes hacer, es buscar un seguro que cubra EXCLUSIVAMENTE la Responsabilidad Civil Obligatória (la RC de toda la vida, vaya). Pero sin ninguna otra garantía en la póliza (ni assisténcia, ni daños del conductor, ni daños del ocupante etc...) verás como la póliza bajará substancialmente la prima. Y si quieres etar tranquilo del todo, mira si la póliza del párking dónde tienes la moto tiene seguro se robo, y ya está.

Por cierto, Después de una baja temporal, ¿como se tramita el alta? Si el modelo ya es un poco antiguo, ¿se tiene que adaptar a las homologaciones vigentes, o en ese caso se puede dar de alta como clássico?

Perdon por el ladrillo!!!

Saludos!!!

Keni
14/01/2011, 22:00
snowbiker lo ha clavado...

O la das de baja temporal o la deberias de asegurar. Otra cosa sería que la guardaras en un parking completamente privado y de uso exclusivo tuyo, pero vamos que aun así creo que debería de tener seguro.

Saludos

zero
14/01/2011, 22:02
pollete76 escribió:
Acotación:<div class="xoopsQuote"><blockquote><br />lagarto_ktm escribió:<br />Hola, si vas a tener la moto parada unos años lo mejor es darla de baja temporal, no es muy caro, creo recordar que son 9€ o menos, con esta baja no pagas el impuesto municipal o de circulacion y sobre todo no hace falta tenerla con seguro, cuando quieras volver a darla de alta solo tendras que pagar otros 9€, asegurarla y pasar la itv.<br /><br />Salu2.</blockquote></div> Opino igual que lagarto_ktm.<br />Además la del seguro te dice su verdad... claro que hay que tener un vehículo asegurado si lo tienes dado de alta y circulando, pero se ha olvidado decirte que no pasa nada si no circulas con la moto por la calle, nadie va a ir a tu casa a denunciarte ni hacienda te va a perseguir. También se ha olvidado recomendarte que acudas a tráfico y realices una baja temporal al vehículo para que tampoco pagues el impuesto de circulación... O no os habéis entendido bien o te ha explicado incorrectamente la realidad de este tema<br /><br />Salu2

Por lo visto si que pasa aunque no circules porque te puede caer una multa,aunque este en un garaje privado,como es mi caso,que si te la pueden robar y armar alguna etc
debe de ser desde la ley del 2009
vas a la itv y te piden el seguro,vas a sacar el seguro y te piden la itv.en teoria una moto sin seguro ni itv tendria que estar dada de baja,porque no habria manera de ponerla al dia,a no ser que en el seguro se les olvide pedirte comprobante de la itv.Nada que cada vez lo tenemos mas dificil y mas caro...

dominkido
15/01/2011, 00:13
la obligación de suscribir un seguro, un vehículo a motor, privado, es para circular por via pública, que también se incluye estacionar, o sea que estando en vía pública debe estar asegurado,
si está estacionado y por casualidad algún policía comprueba que no tiene seguro, te denunciará, pero en un recinto privado, donde no circula una colectividad indetereminada de ususarios, no es obligatorio, otra cosa es que tu quieras tenerlo todo supercubierto y lo saques por si un vecino salta a tu casa y se rompe los piños, pero no es obligatorio, ni en tu plaza de garaje, ni en tu patio, ni en tu finca siempre que no circule cualquiera, o sea que el acceso sea restringido, y ahí mandan las normas de la comunidad de propietarios o el dueño de la finca.
y no es necesario darla de baja, pero seguirás pagando impuesto de circulación.

amoteros
15/01/2011, 01:34
Yo tengo una moto dada de baja temporal y no pago seguro ni impuesto de circulación.La tengo en un almacén privado.

El día que quiera darla de alta tan solo tengo que volver a pagar el alta, o por lo menos eso es lo que me dijeron en la gestoría.Por cierto, creo que me cobraron unos 40 euros por darla de baja temporal.

Como ahora piden el seguro para pasar la ITV fui a comentárselo para que cuando el día de mañana la vuelva a poner en marcha pasarle la ITV y me dijeron que si es una propuesta de seguro sirve, eso si, hay que encontrar una gestoría que te la haga, por que estos de internet me parece que van a decir que no.

Lo que si que os puedo decir es que todas esas compañías aseguradoras que trabajan con internet: AMV, Linea Directa, etc. te ponen mil y una pegas para que no te des de baja, y para hacerlo te exigen que el vehículo se cambie de nombre o se de de baja, según ellos no se puede tener un vehículo sin seguro.

snowbiker
15/01/2011, 03:37
dominkido escribió:
la obligación de suscribir un seguro, un vehículo a motor, privado, es para circular por via pública, que también se incluye estacionar, o sea que estando en vía pública debe estar asegurado,<br /> si está estacionado y por casualidad algún policía comprueba que no tiene seguro, te denunciará, pero en un recinto privado, donde no circula una colectividad indetereminada de ususarios, no es obligatorio, otra cosa es que tu quieras tenerlo todo supercubierto y lo saques por si un vecino salta a tu casa y se rompe los piños, pero no es obligatorio, ni en tu plaza de garaje, ni en tu patio, ni en tu finca siempre que no circule cualquiera, o sea que el acceso sea restringido, y ahí mandan las normas de la comunidad de propietarios o el dueño de la finca.<br /> y no es necesario darla de baja, pero seguirás pagando impuesto de circulación.

Como que no?

Pues Claro! el principio de responsabilidad civil no tiene nada que ver con el de propiedad privada!!!

...O es que si tu estas circulando por una urbanización privada puedes atropellar a quien te plazca, o si un vecino te ralla el coche no pasa nada porque no esta en una vía pública?

Si tu eres propietario de un bien debes ser responsable de el sea cual sea la ubicación de este. Créeme, sé de lo que hablo.

Ahora bien, cada uno que actue como crea mejor, pero no tener asegurado un vehículo no es actuar de manera correcta.

Francamente, si el problema es el importe de un seguro de Responsabilidad civil "pelado", lo mejor es venderse la moto.

NatxoDomi
15/01/2011, 10:22
Zero, ya he visto tu nueva montura, enhorabuena, que chula <img src="http://motostrail.org/xoops/uploads/smil4b102eba42c68.gif" alt="" /> <br />Como te comentan si la moto tiene permiso de circulacion debe estar asegurada, en lo que es el seguro obligatorio, que es el de RC.<br />Así que lo correcto es que te des una vueltita por tráfico y hagas una baja TEMPORAL, que como te comentan es baratito. Yo lo hice con la vespa mientras la estuve restaurando. Luego para el alta hice primero una propuesta de seguro ( sin ITV aún ) y un provisional que te dan en tráfico ( que es un certificado de los datos del permiso de circulación ) y vas a la ITV. Ya con la ITV completas el alta y completas el seguro.<br />Si lo estas pensado para la XT otra posibilidad que tienes es el seguro de clasicas, que es como tengo yo la vespa, solo puedes hacer 5000 km al año y solo la pueden conducir las personas que hayas comunicado al seguro previamente. Yo lo tengo con Romagosa y pago 50 euritos al año sin asistencia ni nada.<br />Bueno si necesitas más información lo comentas<br />Un abrazo<br />

titos
15/01/2011, 11:23
yo sinceramente la aparcaría en un parking privado y no le hacía el seguro.
Si en un par de años quiero cogerla otra vez, pues le hago el seguro y me la llevo en furgoneta a pasar
itv y evitaría cualquier sanción.
la opción que te han dado de un seguro de clasica también me parece muy interesante(50 euritos¡!!)

zero
15/01/2011, 13:03
Aupa Natxo,a la xt le he renovado el seguro pelao,80€ mientras la vendo,luego me reembolsan lo que sobre en otra poliza.No sabia lo de la baja temporal,bueno algo sabia pero pensaba que era mas dificil y mas caro y que te precintaban la moto.lo del seguro clasico es interesante.
nos vemos.

conxuro
15/01/2011, 15:15
de todas las opiniones que se han dado la mas acertada a la realidad es la de snowbiker...el unico vehiculo que esta exento de un seguro es el que esta dado de baja y en un desguace
:motorista: :motorista: :motorista:

elguea
15/01/2011, 17:19
Si tienes que tener seguro obligatorio si la moto tiene el permiso de circulacion dado de alta y lo se porque aun amigo le cascaron 600 aurelios por tener el coche sin seguro en el mecanico mas de un ano

JOE VESPINO
15/01/2011, 17:47
Increible como la gente se tira a la piscina aconsejando tamañas barbaridades ..... :-o

Por supuesto que tiene que estar asegurada (si no está de baja), no desde el 2009, sino recuerdo mál desde el año 1995 (Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los Seguros Privados), es el texto legal que he puesto antes.

No es ya que la moto explote o se desgracie algun niño de la comunidad, es que llevan años diciendo que la patronal de los seguros va a cruzar sus bases de datos con la DGT (no se si lo hacen ya o quiere hacerlo), vamos, no tienen ni que pararte ni denunciarte, un ordenador comprueba que hay un vehiculo matriculado y que esa matricula no corresponde a ningun seguro, patapum, una cartita y 1500 € de multa (creo)

Ir sin seguro hasta el año 2004 era DELITO, luego lo despenalizaron y ahora solo es infracción administrativa, pero con multitas de 1500 € para arriba.

pollete76
15/01/2011, 18:20
JOE VESPINO escribió:
Increible como la gente se tira a la piscina aconsejando tamañas barbaridades ..... <img src="http://motostrail.org/xoops/uploads/smil3dbd4d8676346.gif" alt="" /> <br /><br />Por supuesto que tiene que estar asegurada (si no está de baja), no desde el 2009, sino recuerdo mál desde el año 1995 (Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los Seguros Privados), es el texto legal que he puesto antes.<br /><br />No es ya que la moto explote o se desgracie algun niño de la comunidad, es que llevan años diciendo que la patronal de los seguros va a cruzar sus bases de datos con la DGT (no se si lo hacen ya o quiere hacerlo), vamos, no tienen ni que pararte ni denunciarte, un ordenador comprueba que hay un vehiculo matriculado y que esa matricula no corresponde a ningun seguro, patapum, una cartita y 1500 € de multa (creo)<br /><br />Ir sin seguro hasta el año 2004 era DELITO, luego lo despenalizaron y ahora solo es infracción administrativa, pero con multitas de 1500 € para arriba.
A día de hoy no conozco ningún caso, y entre todos los que estamos en este foro creo que tampoco... Cierto es que tecnológicamente se podría hacer, pero tráfico está muy verde para eso y además tiene cosas mucho más importantes que perseguir y no se preocupa por una moto sin seguro dentro de una bajera.
Con todo, si a alguien le han denunciado una moto que no ha salido de su bajera, seria buen momento para que nos aclarase este tema :cebolleta: :cebolleta: :cebolleta:

Salu2

NatxoDomi
15/01/2011, 22:12
Yo creo que el tema esta claro. La obligacion legal existe y es clara. <br />Que te sancionen o no. Como algo genérico de cruce de datos, esto es algo que hasta la fecha no lo estan haciendo, es una reivindicación de las aseguradoras, y nada impide que si quieren lo puedan hacer.<br />Como algo concreto, que un policía te sancione, tendría que ver tu moto por algún motivo. Y ya sabeis que ahora no es obligatorio llevar el recibo del seguro sino que la propia policía comprueba en la base de datos si el vehículo está asegurado. Con esto quiero decir que el policia sabe al momento si tiene seguro o no. Con lo que aquí dependería del policía en concreto y de la situacion por la que vea la moto y si te quiere multar o no.<br />Por otro lado al estar asegurado un vehículo tambien se paga al Consorcio y este cubre mas cosas, como el vehículo robado las inundaciones o catastrofes naturales etc<br /><a href="http://www.consorseguros.es/web/guest/ad_re_fy" title="http://www.consorseguros.es/web/guest/ad_re_fy" rel="external"><a href="http://www.consorseguros.es/web/guest/ad_re_fy" title="http://www.consorseguros.es/web/guest/ad_re_fy" rel="external"><a href="http://www.consorseguros.es/web/guest/ad_re_fy" title="http://www.consorseguros.es/web/guest/ad_re_fy" rel="external">http://www.consorseguros.es/web/guest/ad_re_fy</a></a></a><br />Por lo que siempre recomendable tener las cosas bien hechas.

NatxoDomi
15/01/2011, 22:26
Se me ocurre un ejemplo.<br />Te roban la moto que tienes en tu garage cerrado y sin asegurar, con la moto causan daños. La moto la encuentra la policía y te llama. Ve que no tienes seguro. Esos daños causados con tu moto robada los tendría que haber pagado el consorcio, como tu no tienes seguro no los paga. Aquí es seguro que la multa por no tener seguro te la llevas, pq ya hay un atestado etc etc. Si la tuvieras dada de baja no pasaría nada de esto. <img src="http://motostrail.org/xoops/uploads/smil4b101f0411c23.gif" alt="" /> <br />Estas cosas son remotas y casí nunca pasan, pero por 9 euros de hacer una baja temporal, yo creo que es mejor hacer las cosas bien, aunque implica un esfuerzo. Y yo tambien he tenido la moto sin seguro y sin dar de baja pero tambien antes ibamos sin casco etc etc y hay que ir adaptandose a los nuevos tiempos <img src="http://motostrail.org/xoops/uploads/smil4b101f0411c23.gif" alt="" /> <br />Que abuelo cebolleta soy, jajajaj

dominkido
15/01/2011, 23:25
me ratifico en lo dicho, a pesar de las opiniones de algunos, que no dejan de ser respetables, pero son eso , opiniones, vete a la lay del seguro 30/92, y verás que no es obligatorio tener el vehículo asegurado en una zona totalmente privada, y con un uso privado.
lo de la responsabilidad civil, existirá siempre, todos tenemos esa responsabilidad, pero , incluso de un canario, que se cague en las gafas de un motorista que pase por la calle y a consecuencia de ello tenga un accidente, la responsabilidad civil existe, pero no es obligatorio asegurar al canario.
me ratifico si la guatrdas en un garaje privado, no es obligatorio que este asegurada nu dada de baja.

snowbiker
16/01/2011, 00:49
dominkido escribió:
lo de la responsabilidad civil, existirá siempre, todos tenemos esa responsabilidad, pero , incluso de un canario, que se cague en las gafas de un motorista que pase por la calle y a consecuencia de ello tenga un accidente, la responsabilidad civil existe, pero no es obligatorio asegurar al canario.<br /> .

Discupla pero SI es obligatorio asegurar el canário, pero casi todo el mundo lo tiene asegurado conjuntamente con la casa, igual que el perro si no es de raza peligrosa o los niños. Ahunque esto también hay mucha gente que lo ignora, incluso hay quien tiene perro y niños assegurados sin ser padre ni tener ningun animal.

Por cierto otra cosilla obligatória; Tener al corriente el campo de la ITV, en caso contrario la aseguradora puede evadirse del pago en caso de siniestro.

JOE VESPINO
16/01/2011, 18:53
repetio :-D

JOE VESPINO
16/01/2011, 18:56
dominkido escribió:
me ratifico en lo dicho, a pesar de las opiniones de algunos, que no dejan de ser respetables, pero son eso , opiniones, vete a la lay del seguro 30/92, y verás que no es obligatorio tener el vehículo asegurado en una zona totalmente privada, y con un uso privado.<br /> lo de la responsabilidad civil, existirá siempre, todos tenemos esa responsabilidad, pero , incluso de un canario, que se cague en las gafas de un motorista que pase por la calle y a consecuencia de ello tenga un accidente, la responsabilidad civil existe, pero no es obligatorio asegurar al canario.<br /> me ratifico si la guatrdas en un garaje privado, no es obligatorio que este asegurada nu dada de baja.

La ley 30/92 no es de seguros.

Te pego el articulo 2.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Artículo 2. De la obligación de asegurarse.

1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1. No obstante, el propietario quedará relevado de tal obligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento, quien deberá expresar el concepto en que contrata.

Se entiende que el vehículo tiene su estacionamiento habitual en España:

Cuando tiene matrícula española, independientemente de si dicha matrícula es definitiva o temporal.


Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, pero lleve placa de seguro o signo distintivo análogo a la matrícula y España sea el Estado donde se ha expedido esta placa o signo.

Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, placa de seguro o signo distintivo y España sea el Estado del domicilio del usuario.
...

El articulo 3 del reglamento del seguro de circulación (no lo pego para no aburrir al personal) considera hechos de circulación, a efectos de seguro, los ocurridos en cualquier tipo de via, tanto publica como privada, incluyendo expresamente los garajes

dominkido
16/01/2011, 22:06
perdón por el equívoco deley :chaf:
el tema me parece interesante y lo estudiaré a fondo, y volveré :taz: