Ver la versión completa : Circular en moto. A ver si aquí van tomando nota.
luismi07
12/05/2020, 16:37
La única duda que había es que precisamente con esta orden del BOE, implicaba que se podía ir a 2ª residencias también. Siendo que en croquis anteriores se exponía que las segundas residencias era para Fase 2 . Aquí había una incongruencia.
El propio presidente y luego el ministro Illa ratifico que si, que se podía ir a 2ª residencias. Seguramente se colo el Presi, pero es que lo habían puesto a huevo con la publicacion del BOE. El BOE es la ley y no me sirven interpretaciones posteriores del gilipollas de turno, aunque sea un tío anonimo que te contesta por teléfono. Si tiene Web que te lo mande por escrito y lo mandaremos al periódico y a donde sea menester.
No entiendo lo que quieres decir...me han insistido que sin un objetivo,dentro de los permitidos, no puedes circular...tendrás que ir a tomar café, o a un hotel, o a una farmacia, o a ver a un amigo, a la gasolinera....lo han puesto fácil....lo que te apetezca...dentro de tu provincia...aunque hay excepciones interprovinciales que también sabemos...así como se mantiene el tema del deporte o los paseos ...con las variedades que todos conocemos ...
Pues lo que digo es lo que dice el texto que es lo que es legal y no las interpretaciones que haga alguien por mucha delegación del gobierno que sea. Entiendo que eso funciona así. Dentro de las zonas en fase 0 hay libertad de circulación. Punto. Además se puede circular en los preceptos que ya se podia circular anteriormente (ir a trabajar a otra provincia, volver a tu residencia habitual de otra provincia, asistir al médico, hacer deporte... etc).
Desconozco por qué se emperran en la Delegación en pretender que la ley dice otra cosa.
https://www.ambitojuridico.com/noticias/etcetera/educacion-y-cultura/sin-perjuicio-de
Quien ha sido el que te ha dicho eso. Dile que te lo mande por escrito y con membrete de la delegación del gobierno. Que lo vas a mandar a la prensa. A que no tiene Web.
+1000
luismi07
12/05/2020, 16:46
A ver necesito un colega de Huesca, que sea mayor y o discapacitado( aunque sea discapacitado mental):lol: que me mande una carta solicitando que le asista. Que necesito ir a Huesca.
Libertad de circulación.1. En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por laprovincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sinperjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorionacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno allugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra deanáloga naturaleza.
Y donde dice que necesites un justificante? En ninguna parte habla de eso, e incluso se ha dicho que los certificados de empresa que se emitieron al principio tampoco suponian un "pasaporte" de movilidad.
Sigue estando todo en manos de los agentes y luego si eso ya recurres.
Es cuestion de apostar y asumir las posibles consecuencias, y ya. Y no se si pensar si esto es una estrategia para que nos autocontrolemos. Por que visto lo visto, como abran la mano de forma clara y fehaciente esto se convierte en los carnavales de Brasil.
Y donde dice que necesites un justificante? En ninguna parte habla de eso, e incluso se ha dicho que los certificados de empresa que se emitieron al principio tampoco suponian un "pasaporte" de movilidad.
Sigue estando todo en manos de los agentes y luego si eso ya recurres.
Es cuestion de apostar y asumir las posibles consecuencias, y ya. Y no se si pensar si esto es una estrategia para que nos autocontrolemos. Por que visto lo visto, como abran la mano de forma clara y fehaciente esto se convierte en los carnavales de Brasil.
Así es. En mi caso soy autónomo y cuando me muevo de la oficina, ahora de mi casa, puedo estar yendo a 4 sitios diferentes. Evidentemente no me voy a preparar un papelito para cada lugar a donde voy ni tiene sentido tampoco firmármelo yo mismo. En cualquier caso si te detienen unos agentes les puedes pedir a ellos el impreso de declaración responsable donde puedes decir el motivo de tu desplazamiento y si es necesario ya lo justificarás en caso de denuncia con los papeles que haga falta (permisos de obra, hojas de contratación... etc).
Por un lado está bien concienciar que hay que moverse lo mínimo necesario pero por otro siempre estamos con la amenaza de la multa. Será que no han multado a sanitarios estos días...
Pues lo que digo es lo que dice el texto que es lo que es legal y no las interpretaciones que haga alguien por mucha delegación del gobierno que sea. Entiendo que eso funciona así. Dentro de las zonas en fase 0 hay libertad de circulación. Punto. Además se puede circular en los preceptos que ya se podia circular anteriormente (ir a trabajar a otra provincia, volver a tu residencia habitual de otra provincia, asistir al médico, hacer deporte... etc).
Desconozco por qué se emperran en la Delegación en pretender que la ley dice otra cosa.
https://www.ambitojuridico.com/noticias/etcetera/educacion-y-cultura/sin-perjuicio-de
Yo diría que tú haces tu propia “interpretación “ también y es incorrecta....la palabra libre, o con plena libertad, o libremente no la veo por ningún sitio en el BOE ni en ninguna de las posteriores publicaciones de las ampliaciones del estado de alarma...
Así es. En mi caso soy autónomo y cuando me muevo de la oficina, ahora de mi casa, puedo estar yendo a 4 sitios diferentes. Evidentemente no me voy a preparar un papelito para cada lugar a donde voy ni tiene sentido tampoco firmármelo yo mismo. En cualquier caso si te detienen unos agentes les puedes pedir a ellos el impreso de declaración responsable donde puedes decir el motivo de tu desplazamiento y si es necesario ya lo justificarás en caso de denuncia con los papeles que haga falta (permisos de obra, hojas de contratación... etc).
Por un lado está bien concienciar que hay que moverse lo mínimo necesario pero por otro siempre estamos con la amenaza de la multa. Será que no han multado a sanitarios estos días...
Pues lo que piden a los autónomos es el papelito de alta en AEAT...obligación no hay pero aligera notablemente el trámite si el agente es concienzudo...
Puestos a interpretar, a mi me acaba de llegar esto por whatsapp... por liarlo un poco mas si eso... :D
ACTIVIDAD FÍSICA AL AIRE LIBRE
DESESCALADA. FASE 1
“Soy un ciudadano cualquiera, me gusta pasear y hacer deporte al aire libre, y puede que esté federado… o no. ¿Qué puedo hacer? ¿Hasta dónde puedo desplazarme? ¿En qué horario?”
Como juristas nos gusta indagar, estrujar e interpretar las normas. Y en ello estamos porque nos gusta el aire libre, nos gusta la actividad física y, además… ¡somos deportistas!♀️♀️⛷
Para separar el polvo de la paja, nos hemos centrado sólo en la normativa vigente publicada en el BOE y nuestras reglas de juego son:
- ley posterior deroga la anterior
- toda prohibición debe interpretarse restrictivamente (lo que no está prohibido, está permitido).
- buscar siempre el espíritu y finalidad de la norma
¿Qué actividades puedo realizar?
✅Paseos y cualquier deporte no profesional que no sea de contacto ni “de equipo” (ciclismo, senderismo, montaña…)
Razón:
Es la actividad física ya permitida desde la fase 0.
No se permite aún la práctica generalizada de deportes “de equipo”, salvo los que se practican “en parejas”, y sin contacto, en instalaciones deportivas al aire libre.
¿Puedo realizar actividad física al aire libre fuera de mi municipio?
✅Sí. Por cualquier punto de tu provincia, isla o zona sanitaria que se encuentre en fase 1.
Razón:
Se permite la libre deambulación o paseo general de los ciudadanos por esas unidades territoriales, con finalidad diversa (biblioteca, compra, terraza, peluquería…) y no es necesario justificarlo con cita previa o recibo de consumición o compra.
La OM que limita el deporte no profesional al término municipal es la misma que limita el “paseo” al Kilómetro. Si se ha eliminado el límite territorial al “paseo”, no hay razón sanitaria que permita mantener el límite territorial al deporte haciéndolo de peor condición.
Se permite practicar determinados deportes en instalaciones deportivas al aire libre fuera del municipio (ej. golf); no permitirlo para otro tipo de actividades deportivas al aire libre, por desarrollarse fuera de un recinto, además de carecer de fundamento sanitario, resultaría discriminatorio para sectores de la población con menor poder adquisitivo.
Si es mi zona sanitaria, provincia o isla la que se encuentra en fase 1, ¿puedo desplazarme a otra que también se encuentra en fase 1?
⛔️No.
Razón:
El límite territorial de movilidad se concreta a tu zona sanitaria, provincia o isla, para controlar la expansión de la pandemia y optimizar los recursos sanitarios disponibles en la misma.
¿Puedo practicar actividad física sin restricción horaria?
✅Sí. Se puede realizar actividad física a cualquier hora del día, incluso antes de las 6:00 y después de las 23:00.
Razón:
Las franjas horarias están previstas sólo para la fase 0, por una razón sanitaria: evitar el contagio entre diferentes colectivos de edad.
En la fase 1 ya se permiten grupos de hasta 10 personas, sin distinción de edad (salvo personas especialmente vulnerables), por lo que el mantenimiento de franjas horarias carece de justificación sanitaria.
Se permite la libre deambulación o paseo, a cualquier hora del día y sin distinción de edad, para fines diversos (biblioteca, compra, terraza, peluquería…) y no es necesario justificarlo con cita previa o recibo de consumición o compra.
La OM que establece franjas horarias se aplicaba por igual al deporte no profesional y al paseo. Si ya no se aplica límite horario al paseo, al deporte tampoco.
Se permite la pernocta en hoteles o alojamientos turísticos rurales, con zonas comunes cerradas, lo que, de existir franjas horarias para realizar actividad física al aire libre, nos llevaría al absurdo de tener a la población encerrada en las habitaciones, según sus rangos de edad. Y permitir a los alojados en estos establecimientos realizar actividad física al aire libre sin franja horaria, y no así al resto de la población, sería discriminatorio en perjuicio de las personas con menor poder adquisitivo que no pueden alojarse en esos establecimientos.
Se permite contratar una empresta de turismo activo para la realización de actividad física al aire libre, sin restricción horaria; imponer esta restricción horaria a quienes no pueden contratarla por tener menor poder adquisitivo, resultaría igualmente discriminatorio.
Al permitirse ahora el alojamiento en hoteles, casas rurales y segundas residencias, ello podría llevar a municipios de menos de 5000 habitantes a tener población superior a esta cifra, con la dudosa o difícil aplicación de la libertad horaria a sus residentes.
¿Puedo salir más de una vez al día?
✅Sí.
Razón:
Se permite la deambulación o paseo varias veces al día, sin justificar a dónde voy.
Siendo la misma OM la que limita el paseo y el deporte a una vez al día (en FASE 0), si al paseo no se le aplica ya ese límite en FASE 1, al deporte tampoco debe aplicarse, sea o no federado.
¿Puedo desplazarme en vehículo fuera de mi municipio?
✅Sí.
Razón:
Los desplazamiento en vehículo en fase 1 están permitidos, sin necesidad de justificar el destino.
¿Puedo practicar ciclismo fuera de mi municipio?
✅Si.
Razón:
El ciclismo, además de deporte o actividad física, es una forma de desplazamiento legalmente permitida. ¡Y no contamina!
No es necesario justificar el destino de mi desplazamiento que, casi siempre, suele ser el almuerzo en una terraza
Y si te vistes para la ocasión y usas una buena “máquina”… ¡mejor y más seguro!
¿Puedo quedar con un grupo de amigos?
✅Sí, máximo 10 personas. ⚠️Debéis mantener distancia de 2 metros como mínimo y, si no es posible, usar mascarilla.
Razón:
En la fase 0 el deporte es individual y el paseo puede ser individual o con otra persona conviviente.
En la fase 1 se permiten ya grupos de hasta 10 personas no convivientes, en terrazas, viviendas, por lo que no hay razón sanitaria para no permitir pasear o practicar deporte en grupo al aire libre, teniendo estas actividades menor riesgo de contagio que la estancia y consumición en una terraza o vivienda particular (además de ser más saludables).
¿Puedo acceder a instalaciones deportivas al aire libre, fuera de mi municipio, aunque no esté federado?
✅Sí, ⚠️con las restricciones de aforo previstas para la FASE 1.
Razón:
La OM que regula la FASE 1 permite la movilidad fuera del municipio y no exige estar federado para acceder a tales instalaciones; tan sólo limita sus aforos.
¿Puedo practicar senderismo o montaña sin contratar a una empresa de turismo activo u ocio?
✅Sí.
Razón:
El turismo activo (que incluye actividades como el senderismo y la montaña) es una actividad permitida en la FASE 1. Así se dice expresamente en la exposición de motivos de la OM que regula esta fase y en la OM relativa a las embarcaciones de recreo.
La referencia a las empresas de turismo activo u ocio se ha hecho para permitir que “ya” puedan volver a su actividad, con el mismo límite de aforo de 10 personas por grupo, pero no para “exigir” su contratación e intervención en todo caso.
La posibilidad de practicar turismo activo en el mar sin contratar una empresa del sector, se contempla expresamente en la OM que regula esta actividad en embarcaciones de recreo.
Sería discriminatorio permitir el turismo activo (senderismo, montaña…) sólo a aquellos sectores de población con más recursos económicos, que puedan contratar estos servicios con una empresa; o a aquellas personas que dispongan de embarcación de recreo para practicarlo en medio acuático.
¿Es recomendable, no obstante, contratar un guía para practicar senderismo o montaña?
✅Sí.
Razón:
Por motivos de seguridad, siempre es recomendable, especialmente para rutas técnicas, largas o de difícil orientación.
Ahora, después de dos meses de confinamiento y con un mes de abril especialmente lluvioso y nivoso, resulta mucho más recomendable ponerse en manos de un profesional, ya que accederemos a rutas que nadie ha recorrido durante este tiempo, donde nuestra seguridad puede verse seriamente comprometida.
Este es nuestro dictamen, que sometemos a cualquier otro mejor fundado en derecho.
Carmen González-Meneses García-Valdecasas
Javier Oliver Villuendas
Notarios
FUENTES CONSULTADAS:
- Orden SND/370, de 25 de abril de 2020 (BOE 25 de mayo)
- Orden SND/380, de 30 de abril de 2020 (BOE 1 de mayo)
- Orden SND/399, de 9 de mayo de 2020 (BOE 9 de mayo)
- Orden TMA/400, de 9 de mayo de 2020 (BOE 10 de mayo)
También podéis consultar el Plan para la transición hacia una nueva normalidad: Guía de la fase 1 de 9 de mayo de 2020
https://www.lamoncloa.gob.es/covid-19/Documents/09052020_Plan_Transicion_Guia_Fase_1.pdf
Pd. Hemos examinado en profundidad los comunicados del CSD y Federaciones y no compartimos su criterio interpretativo, por ser más restrictivos que la propia norma y porque, además, la actividad física al aire libre entendemos que es un concepto más amplio, global y transversal, que excede del ámbito deportivo y/o federativo.
Y no compartimos su criterio interpretativo:
1º) Porque carece de el fundamento sanitario:
- Las restricciones horarias y de término municipal de la FASE 0 persiguen evitar el contagio entre grupos de población de edad diferente (o con discapacidad) y entre vecinos de diferentes municipios.
- Sin embargo, en FASE 1, para permitir una mayor socialización de los ciudadanos en la desescalada, se pone como límite, por razón sanitaria, evitar el contagio entre vecinos de diferentes provincias, islas o zonas sanitarias, y ya sin atender a la edad o discapacidad (salvo personas especialmente vulnerables), por lo que no tiene sentido mantener restricciones horarias y de término para la actividad física al aire libre
2º) Y porque dicha interpretación, sin pretenderlo, resulta discriminatoria, al entender que esas restricciones pueden “saltárselas”, sin embargo, determinados colectivos que tienen el “privilegio” de poder practicar su deporte favorito en una instalación deportiva al aire libre o contratando un guía (“privilegio que también tendrían los propietarios de embarcaciones de recreo, conforme a la Orden TMA 400/2020). Realmente, no vemos que la finalidad de la nueva orden ministerial reguladora de la fase 1, sea establecer privilegios y discriminación, en función de la capacidad económica y en perjuicio de colectivos con menos poder adquisitivo.
Yo diría que tú haces tu propia “interpretación “ también y es incorrecta....la palabra libre, o con plena libertad, o libremente no la veo por ningún sitio en el BOE ni en ninguna de las posteriores publicaciones de las ampliaciones del estado de alarma...
"CAPÍTULO II
Flexibilización de medidas de carácter social
Artículo 7. Libertad de circulación.
1. En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
2. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de diez personas, excepto en el caso de personas convivientes.
3. En el caso de las unidades territoriales previstas en el apartado quince del anexo, se permite la movilidad interterritorial entre municipios colindantes de tránsito habitual para la realización de actividades socioeconómicas.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, las medidas previstas en el apartado anterior serán aplicadas por quien ostente la Presidencia de la comunidad autónoma, como representante ordinario del Estado en el territorio."
Aquí termina el Artículo 7. Vuelvo a repetir que "sin perjuicio de" significa que además de poder circular libremente por la provincia (o región sanitaria) se mantiene el derecho de circular en los preceptos de Fase 0.
Creo que está meridianamente claro.
En el foro BMW acabó de leer que ,no dice dónde, La GC ha establecido controles y los que decían que simplemente estaban dando una vuelta les han denunciado...y a uno que ha dicho que no tenía porque justificar nada ,también...yo ya no sé quién tiene razón pero esto es lo que he leído...
diegoejea.
12/05/2020, 17:38
Puestos a interpretar, a mi me acaba de llegar esto por whatsapp... por liarlo un poco mas si eso... :D
ACTIVIDAD FÍSICA AL AIRE LIBRE
DESESCALADA. FASE 1
“Soy un ciudadano cualquiera, me gusta pasear y hacer deporte al aire libre, y puede que esté federado… o no. ¿Qué puedo hacer? ¿Hasta dónde puedo desplazarme? ¿En qué horario?”
Como juristas nos gusta indagar, estrujar e interpretar las normas. Y en ello estamos porque nos gusta el aire libre, nos gusta la actividad física y, además… ¡somos deportistas![emoji3601][emoji3601][emoji961]
Para separar el polvo de la paja, nos hemos centrado sólo en la normativa vigente publicada en el BOE y nuestras reglas de juego son:
- ley posterior deroga la anterior
- toda prohibición debe interpretarse restrictivamente (lo que no está prohibido, está permitido).
- buscar siempre el espíritu y finalidad de la norma
¿Qué actividades puedo realizar?
[emoji736]Paseos y cualquier deporte no profesional que no sea de contacto ni “de equipo” (ciclismo, senderismo, montaña…)
Razón:
Es la actividad física ya permitida desde la fase 0.
No se permite aún la práctica generalizada de deportes “de equipo”, salvo los que se practican “en parejas”, y sin contacto, en instalaciones deportivas al aire libre.
¿Puedo realizar actividad física al aire libre fuera de mi municipio?
[emoji736]Sí. Por cualquier punto de tu provincia, isla o zona sanitaria que se encuentre en fase 1.
Razón:
Se permite la libre deambulación o paseo general de los ciudadanos por esas unidades territoriales, con finalidad diversa (biblioteca, compra, terraza, peluquería…) y no es necesario justificarlo con cita previa o recibo de consumición o compra.
La OM que limita el deporte no profesional al término municipal es la misma que limita el “paseo” al Kilómetro. Si se ha eliminado el límite territorial al “paseo”, no hay razón sanitaria que permita mantener el límite territorial al deporte haciéndolo de peor condición.
Se permite practicar determinados deportes en instalaciones deportivas al aire libre fuera del municipio (ej. golf); no permitirlo para otro tipo de actividades deportivas al aire libre, por desarrollarse fuera de un recinto, además de carecer de fundamento sanitario, resultaría discriminatorio para sectores de la población con menor poder adquisitivo.
Si es mi zona sanitaria, provincia o isla la que se encuentra en fase 1, ¿puedo desplazarme a otra que también se encuentra en fase 1?
[emoji732]️No.
Razón:
El límite territorial de movilidad se concreta a tu zona sanitaria, provincia o isla, para controlar la expansión de la pandemia y optimizar los recursos sanitarios disponibles en la misma.
¿Puedo practicar actividad física sin restricción horaria?
[emoji736]Sí. Se puede realizar actividad física a cualquier hora del día, incluso antes de las 6:00 y después de las 23:00.
Razón:
Las franjas horarias están previstas sólo para la fase 0, por una razón sanitaria: evitar el contagio entre diferentes colectivos de edad.
En la fase 1 ya se permiten grupos de hasta 10 personas, sin distinción de edad (salvo personas especialmente vulnerables), por lo que el mantenimiento de franjas horarias carece de justificación sanitaria.
Se permite la libre deambulación o paseo, a cualquier hora del día y sin distinción de edad, para fines diversos (biblioteca, compra, terraza, peluquería…) y no es necesario justificarlo con cita previa o recibo de consumición o compra.
La OM que establece franjas horarias se aplicaba por igual al deporte no profesional y al paseo. Si ya no se aplica límite horario al paseo, al deporte tampoco.
Se permite la pernocta en hoteles o alojamientos turísticos rurales, con zonas comunes cerradas, lo que, de existir franjas horarias para realizar actividad física al aire libre, nos llevaría al absurdo de tener a la población encerrada en las habitaciones, según sus rangos de edad. Y permitir a los alojados en estos establecimientos realizar actividad física al aire libre sin franja horaria, y no así al resto de la población, sería discriminatorio en perjuicio de las personas con menor poder adquisitivo que no pueden alojarse en esos establecimientos.
Se permite contratar una empresta de turismo activo para la realización de actividad física al aire libre, sin restricción horaria; imponer esta restricción horaria a quienes no pueden contratarla por tener menor poder adquisitivo, resultaría igualmente discriminatorio.
Al permitirse ahora el alojamiento en hoteles, casas rurales y segundas residencias, ello podría llevar a municipios de menos de 5000 habitantes a tener población superior a esta cifra, con la dudosa o difícil aplicación de la libertad horaria a sus residentes.
¿Puedo salir más de una vez al día?
[emoji736]Sí.
Razón:
Se permite la deambulación o paseo varias veces al día, sin justificar a dónde voy.
Siendo la misma OM la que limita el paseo y el deporte a una vez al día (en FASE 0), si al paseo no se le aplica ya ese límite en FASE 1, al deporte tampoco debe aplicarse, sea o no federado.
¿Puedo desplazarme en vehículo fuera de mi municipio?
[emoji736]Sí.
Razón:
Los desplazamiento en vehículo en fase 1 están permitidos, sin necesidad de justificar el destino.
¿Puedo practicar ciclismo fuera de mi municipio?
[emoji736]Si.
Razón:
El ciclismo, además de deporte o actividad física, es una forma de desplazamiento legalmente permitida. ¡Y no contamina!
No es necesario justificar el destino de mi desplazamiento que, casi siempre, suele ser el almuerzo en una terraza
Y si te vistes para la ocasión y usas una buena “máquina”… ¡mejor y más seguro!
¿Puedo quedar con un grupo de amigos?
[emoji736]Sí, máximo 10 personas. [emoji3544]Debéis mantener distancia de 2 metros como mínimo y, si no es posible, usar mascarilla.
Razón:
En la fase 0 el deporte es individual y el paseo puede ser individual o con otra persona conviviente.
En la fase 1 se permiten ya grupos de hasta 10 personas no convivientes, en terrazas, viviendas, por lo que no hay razón sanitaria para no permitir pasear o practicar deporte en grupo al aire libre, teniendo estas actividades menor riesgo de contagio que la estancia y consumición en una terraza o vivienda particular (además de ser más saludables).
¿Puedo acceder a instalaciones deportivas al aire libre, fuera de mi municipio, aunque no esté federado?
[emoji736]Sí, [emoji3544]con las restricciones de aforo previstas para la FASE 1.
Razón:
La OM que regula la FASE 1 permite la movilidad fuera del municipio y no exige estar federado para acceder a tales instalaciones; tan sólo limita sus aforos.
¿Puedo practicar senderismo o montaña sin contratar a una empresa de turismo activo u ocio?
[emoji736]Sí.
Razón:
El turismo activo (que incluye actividades como el senderismo y la montaña) es una actividad permitida en la FASE 1. Así se dice expresamente en la exposición de motivos de la OM que regula esta fase y en la OM relativa a las embarcaciones de recreo.
La referencia a las empresas de turismo activo u ocio se ha hecho para permitir que “ya” puedan volver a su actividad, con el mismo límite de aforo de 10 personas por grupo, pero no para “exigir” su contratación e intervención en todo caso.
La posibilidad de practicar turismo activo en el mar sin contratar una empresa del sector, se contempla expresamente en la OM que regula esta actividad en embarcaciones de recreo.
Sería discriminatorio permitir el turismo activo (senderismo, montaña…) sólo a aquellos sectores de población con más recursos económicos, que puedan contratar estos servicios con una empresa; o a aquellas personas que dispongan de embarcación de recreo para practicarlo en medio acuático.
¿Es recomendable, no obstante, contratar un guía para practicar senderismo o montaña?
[emoji736]Sí.
Razón:
Por motivos de seguridad, siempre es recomendable, especialmente para rutas técnicas, largas o de difícil orientación.
Ahora, después de dos meses de confinamiento y con un mes de abril especialmente lluvioso y nivoso, resulta mucho más recomendable ponerse en manos de un profesional, ya que accederemos a rutas que nadie ha recorrido durante este tiempo, donde nuestra seguridad puede verse seriamente comprometida.
Este es nuestro dictamen, que sometemos a cualquier otro mejor fundado en derecho.
Carmen González-Meneses García-Valdecasas
Javier Oliver Villuendas
Notarios
FUENTES CONSULTADAS:
- Orden SND/370, de 25 de abril de 2020 (BOE 25 de mayo)
- Orden SND/380, de 30 de abril de 2020 (BOE 1 de mayo)
- Orden SND/399, de 9 de mayo de 2020 (BOE 9 de mayo)
- Orden TMA/400, de 9 de mayo de 2020 (BOE 10 de mayo)
También podéis consultar el Plan para la transición hacia una nueva normalidad: Guía de la fase 1 de 9 de mayo de 2020
https://www.lamoncloa.gob.es/covid-19/Documents/09052020_Plan_Transicion_Guia_Fase_1.pdf
Pd. Hemos examinado en profundidad los comunicados del CSD y Federaciones y no compartimos su criterio interpretativo, por ser más restrictivos que la propia norma y porque, además, la actividad física al aire libre entendemos que es un concepto más amplio, global y transversal, que excede del ámbito deportivo y/o federativo.
Y no compartimos su criterio interpretativo:
1º) Porque carece de el fundamento sanitario:
- Las restricciones horarias y de término municipal de la FASE 0 persiguen evitar el contagio entre grupos de población de edad diferente (o con discapacidad) y entre vecinos de diferentes municipios.
- Sin embargo, en FASE 1, para permitir una mayor socialización de los ciudadanos en la desescalada, se pone como límite, por razón sanitaria, evitar el contagio entre vecinos de diferentes provincias, islas o zonas sanitarias, y ya sin atender a la edad o discapacidad (salvo personas especialmente vulnerables), por lo que no tiene sentido mantener restricciones horarias y de término para la actividad física al aire libre
2º) Y porque dicha interpretación, sin pretenderlo, resulta discriminatoria, al entender que esas restricciones pueden “saltárselas”, sin embargo, determinados colectivos que tienen el “privilegio” de poder practicar su deporte favorito en una instalación deportiva al aire libre o contratando un guía (“privilegio que también tendrían los propietarios de embarcaciones de recreo, conforme a la Orden TMA 400/2020). Realmente, no vemos que la finalidad de la nueva orden ministerial reguladora de la fase 1, sea establecer privilegios y discriminación, en función de la capacidad económica y en perjuicio de colectivos con menos poder adquisitivo. Gracias, lo voy a imprimir y lo llevaré con la documentación de la moto [emoji1787][emoji1787][emoji1787]
Visto lo visto no sabe uno a que atenerse.
Supongo que si no haces el cafre, ni vacilas, ni intentas engañar al agente es más fácil seguir la marcha sin problemas
Enviado desde mi Redmi 7 mediante Tapatalk
Es un follón...https://www.formulamoto.es/coronavirus/2020/05/11/circular-moto-fase-1/27637.html
luismi07
12/05/2020, 17:48
[QUOTE=Koji_;557808]Puestos a interpretar, a mi me acaba de llegar esto por whatsapp... por liarlo un poco mas si eso... :D
No lía nada, mas bien clarifica un montón, solo hay que ser medianamente lógico .
Estoy de acuerdo al 100% con lo expuesto. Y todo lo demás es buscarle mas pies al gato.
Hay cosas que no se pueden legislar por las buenas ni en un estado de alarma. Y no se puede discriminar hacer deporte si contratas un guía o si estas federado o no. Eso sería ilegal.
En cuanto a la conveniencia de contratar un guía o no. Menudo tema para hablar largo y tendido.
luismi07
12/05/2020, 17:51
Es un follón...https://www.formulamoto.es/coronavirus/2020/05/11/circular-moto-fase-1/27637.html
Yo ya me canso de explicar que todo eso no son mas que articulos periodisticos de gente que no hace mas que interpretar a su conveniencia y no son para nada entendidos en materia.
Solo tienes que copiarte el BOE y llevarlo encima, no valen interpretaciones lo que se lee es la ley y nada mas.
No lía nada, mas bien clarifica un montón, solo hay que ser medianamente lógico .
Estoy de acuerdo al 100% con lo expuesto. Y todo lo demás es buscarle mas pies al gato.
.
El problema es explicarselo a este... :lol:
https://static2.elcomercio.es/www/pre2017/multimedia/noticias/201504/28/media/GF0B3BJ1.jpg
Me encanta esta parte:
Pd. Hemos examinado en profundidad los comunicados del CSD y Federaciones y no compartimos su criterio interpretativo, por ser más restrictivos que la propia norma y porque, además, la actividad física al aire libre entendemos que es un concepto más amplio, global y transversal, que excede del ámbito deportivo y/o federativo.
Y no compartimos su criterio interpretativo:
1º) Porque carece de el fundamento sanitario:
- Las restricciones horarias y de término municipal de la FASE 0 persiguen evitar el contagio entre grupos de población de edad diferente (o con discapacidad) y entre vecinos de diferentes municipios.
- Sin embargo, en FASE 1, para permitir una mayor socialización de los ciudadanos en la desescalada, se pone como límite, por razón sanitaria, evitar el contagio entre vecinos de diferentes provincias, islas o zonas sanitarias, y ya sin atender a la edad o discapacidad (salvo personas especialmente vulnerables), por lo que no tiene sentido mantener restricciones horarias y de término para la actividad física al aire libre
2º) Y porque dicha interpretación, sin pretenderlo, resulta discriminatoria, al entender que esas restricciones pueden “saltárselas”, sin embargo, determinados colectivos que tienen el “privilegio” de poder practicar su deporte favorito en una instalación deportiva al aire libre o contratando un guía (“privilegio que también tendrían los propietarios de embarcaciones de recreo, conforme a la Orden TMA 400/2020). Realmente, no vemos que la finalidad de la nueva orden ministerial reguladora de la fase 1, sea establecer privilegios y discriminación, en función de la capacidad económica y en perjuicio de colectivos con menos poder adquisitivo.
Viene a ser lo que decía yo el otro día sobre las federaciones, que no son nadie para legislar lo que podemos hacer o no. Son entidades PRIVADAS.
En el foro BMW acabó de leer que ,no dice dónde, La GC ha establecido controles y los que decían que simplemente estaban dando una vuelta les han denunciado...y a uno que ha dicho que no tenía porque justificar nada ,también...yo ya no sé quién tiene razón pero esto es lo que he leído...
Tendrían que haber dicho que estaban buscando un bar...
Yo ya me canso de explicar que todo eso no son mas que articulos periodisticos de gente que no hace mas que interpretar a su conveniencia y no son para nada entendidos en materia.
Solo tienes que copiarte el BOE y llevarlo encima, no valen interpretaciones lo que se lee es la ley y nada mas.
Nada entendidos no sé yo...dicen que la fuente es el departamento de seguridad vial de la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas ...
Tendrían que haber dicho que estaban buscando un bar...
Pues efectivamente yo entiendo que diciendo eso no hay problema...
Es un follón...https://www.formulamoto.es/coronavirus/2020/05/11/circular-moto-fase-1/27637.html
Lo de que no se pueda usar la moto o el coche para ir a hacer deporte no tiene sentido. Para ir a tomarse una birra sí, para deporte no... (ojo, no digo que no sea así)
luismi07
12/05/2020, 18:59
Mira tontos hay hasta en la GC. En el Foro BMW han parado uno en Cadiz y le han dicho que podían salir pero no dos motos. Si te paran vas a comer a donde sea a tu pueblo o a un puticlub y si hay que poner recurso muchos seguros te lo hacen gratis. Yo no estoy viendo nadie que cuente barbaridades de la Benemerita en este tema, son todo elucubraciones propias del puto miedo que nos han metido con este puto encarcelamiento.
diegoejea.
12/05/2020, 19:05
Tendrían que haber dicho que estaban buscando un bar...Sí en el bar no tienes un amigo o un familiar de ese pueblo.... palo
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luismi07
12/05/2020, 19:40
Que un politico cualquiera, incluso un alcalde en su ciudad, salga haciendo declaraciones de lo que se puede o no hacer, no tiene ninguna validez juridica, no es mas que una opinión. En este caso es el BOE de la nación o las leyes adjuntas del BOE de la comunidad, si ahí no pone nada , no vale.
Esto lo digo porque en el País Vasco están teniendo problemas con esto, en concreto en Vitoria esta pasando esto con la policía municipal y con la ertzaitza.
https://www.eldiario.es/norte/euskadi/Policia-Vitoria-contradice-Ertzaintza-permitidas_0_1026447476.html
Las interpretaciones que se las guarden donde les quepa, eso no es mas que totalitarismo.
Tras leer el BOE del pasádo sabado (orden SND/399/2020) donde explican el pase a la fase 1 (donde procede, claro). Yo entiendo que se puede circular libremente por la provincia, directamente y sin mas. De hecho ayer con la BMW con sidecar (que canta un huevo, oiga) pasamos tres controles de la GGCC sin que nos parasen. Además se ha visto mucha moto rodando por ahí sin problemas.
Por otro lado he leido el texto que ha puesto Koji de los "notarios deportistas", pero según lo que dicen por la TV y lo que yo entendí también al leer el texto el tema de los paseos, deporte y franja horaria sigue como antes.
Si es cierto que el espíritu de la ley es el de la desescalada y que una ley no puede ser mas restrictiva que la anterior, pero en este caso es mas abierta en muchos aspectos que se centra en regular salvo en el tema del deporte que se mantiene igual y así lo especifica claramente en el apartado uno de la disposición adicional segunda. Cito:
Disposición final segunda.
Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones
en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la
situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Se modifica la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que
se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19, que queda redactada como sigue:
Uno.
Se modifica el apartado 2 del artículo 2, que queda redactado en los
siguientes términos:
«2. A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no
profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros,
así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y
durante las franjas horarias previstas en el artículo 5.
No se encuentra comprendida dentro de esta habilitación la práctica de la
pesca y caza deportiva».
luismi07
12/05/2020, 20:10
Tras leer el BOE del pasádo sabado (orden SND/399/2020) donde explican el pase a la fase 1 (donde procede, claro). Yo entiendo que se puede circular libremente por la provincia, directamente y sin mas. De hecho ayer con la BMW con sidecar (que canta un huevo, oiga) pasamos tres controles de la GGCC sin que nos parasen. Además se ha visto mucha moto rodando por ahí sin problemas.
Por otro lado he leido el texto que ha puesto Koji de los "notarios deportistas", pero según lo que dicen por la TV y lo que yo entendí también al leer el texto el tema de los paseos, deporte y franja horaria sigue como antes.
Si es cierto que el espíritu de la ley es el de la desescalada y que una ley no puede ser mas restrictiva que la anterior, pero en este caso es mas abierta en muchos aspectos que se centra en regular salvo en el tema del deporte que se mantiene igual y así lo especifica claramente en el apartado uno de la disposición adicional segunda. Cito:
Disposición final segunda.
Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones
en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la
situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Se modifica la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que
se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19, que queda redactada como sigue:
Uno.
Se modifica el apartado 2 del artículo 2, que queda redactado en los
siguientes términos:
«2. A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no
profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros,
así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y
durante las franjas horarias previstas en el artículo 5.
No se encuentra comprendida dentro de esta habilitación la práctica de la
pesca y caza deportiva».
Así es, lo pone claramente en el BOE que se mantienen en vigor los horarios de deporte.. No hay interpretación posible lo especifica claramente. Otra cosa es que sea algo logico. Se puede ir a cualquier hora al bar pero no a pasear con los niños, pero si vas con los niños al bar puedes ir a cualquier hora. Es lo que tiene tener politicos inutiles.
Todo esto no tiene validez si el municipio es de menos de 5000 personas, así que en el pueblo ni caso.
A mi estas interpretaciones restrictivas de la restricción de los derechos fundamentales me parecen absurdas y peligrosas. Dónde pone que no puedo salir de un pueblo de 400 habitantes en el que no hay bar para ir al bar del pueblo de al lado si no tengo allí un amigo o un pariente? La inseguridad jurídica que están generando estos mequetrefes nos va a salir cara. Luego se quejarán de que la gente termine pasándose las leyes por los ... jones.
diegoejea.
12/05/2020, 20:28
Algo de totalitarismo veo si [emoji51][emoji51][emoji51]
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Jpcfazer
12/05/2020, 20:46
A mi estas interpretaciones restrictivas de la restricción de los derechos fundamentales me parecen absurdas y peligrosas. Dónde pone que no puedo salir de un pueblo de 400 habitantes en el que no hay bar para ir al bar del pueblo de al lado si no tengo allí un amigo o un pariente? La inseguridad jurídica que están generando estos mequetrefes nos va a salir cara. Luego se quejarán de que la gente termine pasándose las leyes por los ... jones.Jajaja lo de los bares la mejor excusa, si el de tu poblacion esta cerrado o cualquier otro comercio puedes ir a cualquier ptro dentro de la provincia.
Conozco un pueblo que tiene panaderia con horno de leña... fabuloso pan.
El boe esta escupiendo folios y folios de leyes y normas que necesitan reposo meditacion, consenso y analisis, y es por eso que debatimos, la ley tiene ambigüedades y deja aspectos sin contestar o sin sentido común.
Me comentaba un policia que ahora mismo hay tantas excusas absurdas que realmente solo estan parando y/o multando por hechos graves y evidentes.
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Carlos75
12/05/2020, 20:53
Lamentablemente el único totalitarismo es la dictadura del Covid.
La única inseguridad que hay es Sanitaria.
luismi07
12/05/2020, 21:18
Lamentablemente el único totalitarismo es la dictadura del Covid.
La única inseguridad que hay es Sanitaria.
Si pero el problema es que algunos estamentos utilizan la emergencia sanitaria para hacer lo que les da la gana y luego cuando esto acabe , veremos si acaban las leyes absurdas, que sera el peligro que quedará. Y encima siempre queda algún bobo que las justificara.
Para empezar había una ley mordaza que prometieron derogar y no solo sigue , sino que la utilizan para sancionar, puesto que la propia ley de alarma no trae consigo un anexo de sanciones.
luismi07
12/05/2020, 21:22
Jajaja lo de los bares la mejor excusa, si el de tu poblacion esta cerrado o cualquier otro comercio puedes ir a cualquier ptro dentro de la provincia.
Conozco un pueblo que tiene panaderia con horno de leña... fabuloso pan.
El boe esta escupiendo folios y folios de leyes y normas que necesitan reposo meditacion, consenso y analisis, y es por eso que debatimos, la ley tiene ambigüedades y deja aspectos sin contestar o sin sentido común.
Me comentaba un policia que ahora mismo hay tantas excusas absurdas que realmente solo estan parando y/o multando por hechos graves y evidentes.
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Es que la ley es mucho mas clara de lo que estamos tratando, el problema es las interpretaciones de los iluminados, aunque estos lleven un baston de mando de una localidad o una cartera de ministerio.
Donde pone que yo tenga que dar una explicación a un GC o policía para salir de casa o viajar. Si resulta que se puede ir al bar o a misa que es lo mas superfluo que te puedas echar a la cara.
Tenemos miedo, nosotross mismos no paramos de darle vueltas y eso me jode. Yo no tengo que dar explicaciones a nadie y menos por chorradas.
luismi07
12/05/2020, 21:28
Resulta que todas las semanas sale un BOE que dice cuatro cosas medianamente claras. Todo correcto. A continuación, sale el doctor Simon en rueda de prensa le preguntan cuatro periodistas, dice su opinión hace unos comentarios de yo recomiendo u hombre no es conveniente hacer esto o si lo otro y ya es ley, No señor lo que tengan que decir por ley que lo publiquen en el BOE
Ahora tenemos un problema con los asientos de los aviones, que no les es rentable dejar asientos vacíos y a las compañías que le echan mas huevos que nadie, no les pasa por los cojones hacerlo. Sale el Simon y dice que es recomendable dejar asientos vacíos. Pues no señor, es obligatorio o no, por ley. Si es recomendable lo haré si me da la gana.
rmartito
12/05/2020, 21:41
A ver. Seamos coherentes.
Cada uno tenemos una edad y un baggage.
Yo no tengo aerolínea ningún bar.
Pero si solo puedo llenar la mitad tendré que contar el doble para mi a tener mi moto margen.
Creo que a nadie se le escapa eso. No hay que ser muy listo para deducirlo.
Si la ley me obliga a tener 1/2 de ocupación tendré que contar el doble por la consumición o pasaje.
luismi07
12/05/2020, 21:54
A ver. Seamos coherentes.
Cada uno tenemos una edad y un baggage.
Yo no tengo aerolínea ningún bar.
Pero si solo puedo llenar la mitad tendré que contar el doble para mi a tener mi moto margen.
Creo que a nadie se le escapa eso. No hay que ser muy listo para deducirlo.
Si la ley me obliga a tener 1/2 de ocupación tendré que contar el doble por la consumición o pasaje.
No entiendo nada de como lo escribes.
diegoejea.
12/05/2020, 21:54
En el BOE esta muy claro y en la radio no paran de repetirlo, circulación libre en toda la provincia. Acabo de hacerme 40 Km y ni un solo control, trafico en todas las carreteras igual que antes de la pandemia y gente en las calles a porrillo. Y las terrazas de los bares abiertas.Has estrenado la 790?
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diegoejea.
12/05/2020, 21:56
No entiendo nada de como lo escribes.Yo creo que se ha comido a Ozores[emoji44]
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luismi07
12/05/2020, 21:56
Has estrenado la 790?
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De que 790 me hablas.????:salida:
diegoejea.
12/05/2020, 21:57
Resulta que todas las semanas sale un BOE que dice cuatro cosas medianamente claras. Todo correcto. A continuación, sale el doctor Simon en rueda de prensa le preguntan cuatro periodistas, dice su opinión hace unos comentarios de yo recomiendo u hombre no es conveniente hacer esto o si lo otro y ya es ley, No señor lo que tengan que decir por ley que lo publiquen en el BOE
Ahora tenemos un problema con los asientos de los aviones, que no les es rentable dejar asientos vacíos y a las compañías que le echan mas huevos que nadie, no les pasa por los cojones hacerlo. Sale el Simon y dice que es recomendable dejar asientos vacíos. Pues no señor, es obligatorio o no, por ley. Si es recomendable lo haré si me da la gana.No es doctor Simón, es licenciado Simón. El doctor es Sánchez[emoji1377]
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luismi07
12/05/2020, 22:02
No es doctor Simón, es licenciado Simón. El doctor es Sánchez[emoji1377]
Enviado desde mi Redmi 7 mediante Tapatalk
https://www.modelocurriculum.net/biografias/medicos/fernando-simon
Si pero el problema es que algunos estamentos utilizan la emergencia sanitaria para hacer lo que les da la gana y luego cuando esto acabe , veremos si acaban las leyes absurdas, que sera el peligro que quedará. Y encima siempre queda algún bobo que las justificara.
Para empezar había una ley mordaza que prometieron derogar y no solo sigue , sino que la utilizan para sancionar, puesto que la propia ley de alarma no trae consigo un anexo de sanciones.
+1
diegoejea.
12/05/2020, 22:06
https://www.modelocurriculum.net/biografias/medicos/fernando-simonLo que te digo, licenciado[emoji4]
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rmartito
12/05/2020, 22:10
Jajajaja. Perdonad que el móvil y la vista ya me juegan malas jugadas.
Queria decir que el que tenga un negocio al que la ley actual le obliga a tener la mitad de aforo que antes del Covid, pero mantiene los mismo gastos fijos, tiene que cobrar el doble por lo mismo para mantener la caja y el margen de beneficios.
Y yo soy un asalariado. Ni tengo un bar ni tengo un aerolínea (por mantener los 2 ejemplos dados) pero entiendo la posición del dueño del bar o del dueño de la aerolínea... o del dueño de cualquier negocio al que le permitan reanudar la actividad, pero le obliguen a tener la mirad de aforo y a tener los mismos costes fijos... o más... ya que las medidas adicionales de higiene requieren más costes fijos.
rmartito
12/05/2020, 22:10
Ozores dixit
luismi07
12/05/2020, 22:59
Jajajaja. Perdonad que el móvil y la vista ya me juegan malas jugadas.
Queria decir que el que tenga un negocio al que la ley actual le obliga a tener la mitad de aforo que antes del Covid, pero mantiene los mismo gastos fijos, tiene que cobrar el doble por lo mismo para mantener la caja y el margen de beneficios.
Y yo soy un asalariado. Ni tengo un bar ni tengo un aerolínea (por mantener los 2 ejemplos dados) pero entiendo la posición del dueño del bar o del dueño de la aerolínea... o del dueño de cualquier negocio al que le permitan reanudar la actividad, pero le obliguen a tener la mirad de aforo y a tener los mismos costes fijos... o más... ya que las medidas adicionales de higiene requieren más costes fijos.
Lo entiendo perfectamente, y su razón de ser tiene, pero cuidado que nos queda la opción de no volver mas.
Yo el Miercoles pasado pedí hora para la peluquería. Después de dos meses me hacia falta, a pesar de los 4 pelos que me quedan. Es mi peluquero desde hace mas de 20 años, pago 14 €por lavarme y cortar, me lavo la cabeza por hacer gasto pues voy siempre con el pelo recien lavado, siendo que en la misma calle hay unas cuantas peluquerías mas que cobran 6 y 8 €. Pues entro después del cierre forzoso y me dice que ha subido a 15€ Simplemente no pienso volver mas.
De la misma manera, hay una corriente que también entiendo perfectamente sobre el comprar en las tiendas de proximidad en tu propio barrio. Estos días me he visto obligado a ello, por razones obvias.
Para cada tipo de establecimiento una cola, los precios los han subido varias veces durante el estado de alarma. Y cada vez que he comprado unos melocotones unas fresas o similares al volver a casa me doy cuenta que siempre me han metido una pieza tocada o unas fresas podridas. Pues no voy a volver mas, seguiré acudiendo a las grandes superficies, pago menos, tengo mas variedad compro todo de golpe, elijo la mercancía lo cargo directamente al coche y me cuesta mas barato.
Así que cada uno que siga su conciencia.
No soy epidemiólogo pero si con todo el movimiento que ha habido en las grandes ciudades no ha habido un rebrote la cosa comienza a pintar mejor.
Carlos75
13/05/2020, 09:05
Está muy bien pensar que la botella está medio llena pero no nos tapemos los ojos, aun se está tambaleando.
Hoy he pasado por delante de una comisaría y he entrado a preguntar. La verdad es que es todo bastante absurdo. Por un lado me decían que no se puede salir al campo a hacer enduro porque el enduro no está recogido dentro de los deportes permitidos al tratarse de un deporte a motor. por otro lado me dicen que no se puede salir del municipio a hacer deporte cuando parece ser que la movilidad no está restringida. Pero en cambio me puedo ir al bar de al lado por pistas a tomarme una cerveza. Recapitulemos: me puedo ir en moto por pistas al pueblo de al lado a tomar una cerveza pero no puedo coger la moto para hacer deporte ni puedo salir haciendo deporte del municipio que en mi caso es un pueblecito de 400 habitantes.
Eso sí, te puedes ir a tomar por culo en moto por asfalto sin salir de tu provincia o región sanitaria.
luismi07
13/05/2020, 18:39
Bueno Barcelona y alrededores esta próxima semana seguir en FASE 0.. Mejor, que sois muy peligrosos, y todo esto es por vuestro bien.:cheerful:
Bueno Barcelona y alrededores esta próxima semana seguir en FASE 0.. Mejor, que sois muy peligrosos, y todo esto es por vuestro bien.:cheerful:
Estoy de acuerdo. A mi me pilló el estado de alarma en mi segunda residencia y de aquí no me muevo. Es más, cada vez me atrae más quedarme a vivir como mínimo al 50%. Ahora estamos en fase 1 aunque por trabajo bajo una vez a la semana a la gran urbe (el alcalde va cada día).
Fácil....https://www.desescalapp.com/
josemari
14/05/2020, 06:51
Fácil....https://www.desescalapp.com/
Bien explicado, si señor.
:birra:
luismi07
14/05/2020, 12:04
Yo pudiendo ir a Misa a museos y exposiciones culturales, todo lo demás me sobra. Cuando ya se pueda a los toros, ya será la reostia.
De motos nada, que los moteros son todos unos "asalvajaus"
josemari
14/05/2020, 18:08
Yo pudiendo ir a Misa a museos y exposiciones culturales, todo lo demás me sobra. Cuando ya se pueda a los toros, ya será la reostia.
De motos nada, que los moteros son todos unos "asalvajaus"
:descohone::descohone::descohone:
:birra:
Hoy he ido "a emborracharme" al bar del pueblo de al lado pasando por caminos. Porque si digo que daba una vueltecita o que hacía deporte lo mismo me enchufan una multa. Que ganas tenía de pisar marrón.
Podías decir que estabas buscando un bar por el campo. Que te habías perdido jeje
Ahora que tanto nos invitan a ir a los bares igual no hacen tantos controles de alcoholemia no? O más fácil será que nos espere escondidos en una esquina para enchufarnos el chispómetro cuando salgamos
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