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Ver la versión completa : Multas todo a 100€



Laure
02/02/2007, 19:03
Hola compañeros, no se si alguno habrá corrido mi misma suerte, pero he sido cazado por un radar fijo. No iba muy pasado, era un trozo de la N-IV que estaba a 100 y yo iba a 129.
El caso es que ya me ha llegado la sanción, después de identificarme como conductor del vehículo (ya que no me pararon), me viene una cuantía de 100€ que si pago antes de un mes se me queda en 70€, y no hace la mínima alusión a pérdida de puntos.
Hablándolo con gente que también ha sido multada, y que se habían pasado en más de treinta km/h, y otros en mucho menos,.... a todos nos ha venido la misma sanción de los 100€, y no se dice nada de los puntos.
Comentándolo con algún conocido de tráfico dice que la pérdida de puntos es sólo si se considera que existe algún tipo de agravante......
En fin no entiendo nada, yo pensé que existiría un criterio más homogéneo. Pues conozco a otros que por pasarse en menos velocidad la sanción ha sido mayor.

rodrigo
02/02/2007, 19:11
Hace poco pararon a un conocido, a 89 kms en un sitio de 60, y la multa fue la misma y sin pérdida de puntos. Le preguntamos si perdía puntos, y el guardia civil nos dijo que no, que a partir de 91 si hubiera perdido.

O sea, si lo entiendo bien, pasarte 10 kms de la velocidad permitida no es delito, así que, si pone a 100, puedes ir a 110, si te pasas otros 20 (a 130), hay multa, y si te pasas de 30 (+130) la velocidad permitida, multa y pérdida de puntos. Además, según mi GPS, la moto marca siempre entre 5 y 8 kms/h más que el GPS, que supongo será más exacto, así que eso quiere decir que te puedes pasar 15 kms/h (de lo que marque la moto) la velocidad permitida sin que haya multa ni nada.

Yo es así como lo entiendo, y de hecho es lo que hago (no pasar en 15kms/h lo permitido) y, de momento, a pesar de pasar casi todos los días por radares móviles, nunca me han parado :-)

mioli
02/02/2007, 19:19
Yo creo que es por porcentage, es más grave pasarse de 20 km/h si la limitación es de 50 que pasarse esos mismos 20 Km/h si la limitación es de 100, en el primer caso pasas de un 40%, mientras que en el segundo sólo del 20%, algún forero con más conocimientos o que tenga el carnet más reciente nos sacará de dudas, sin idem.

02/02/2007, 19:35
Con permiso...de clase A :-D

Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos:

2 PUNTOS.- "sobrepasar el límite de velocidad en mas de 20 km/h, hasta 30 km/h" ...te has librado por 1 km/h, payo! dentro de o malo, considérate afortunado :pint:

3 PUNTOS.- "sobrepasar el límite de velocidad en más de 30 km/h, hasta 40 km/h"

4 PUNTOS.- "exceder los límites de velocidad establecidos en más de 40 km/h"

6 PUNTOS.- "sobrepasar en mas de un 50% la velocidad máxima autorizada..."

Mis fuentes: el libro de la autoescuela, recién sacado el clase "C". Un saludo!

Garcy
02/02/2007, 22:58
Yo creo que con el tema de las sanciones cada uno lo hace de una forma, y sin criterio, ya que funcionan según el dinero que hace falta recaudar.

A mi me pusieron una multa por aparcar el coche en las inmediaciones de un embalse, y realmente aparqué en una antigua carretera que se metía al embalse, pero para poder tocar con el coche la zona del embalse tendría que atravesar un muro de piedras de 1,5 m de alto y 50cm de ancho, eramos varios coches y siempre he aparcado en esa zona y nunca ha pasado nada y este verano me quitaron (by the face) 150 eur.

En fin que según el día puedes ser una persona buena, mala o muy mala haciendo la misma acción.


Un saludo

makiner
02/02/2007, 23:46
Existe un criterio:
http://fotos.subefotos.com/0dcaa69c8c0c19b4fe020fcf773f2382o.jpg

SOCIO
03/02/2007, 04:17
Esto es que es un poco farragosillo.

Los radares, como toda maquina, tiene un margen de error, que aumenta cuanto mayor es la velocidad a la que circula el objeto que refleja las ondas (no las Hondas, que las Kawa también las refleja :hammer: ). De ahí los "margenes" sin infracción una vez pasado el límite de velocidad permitido. En vías en las que se puede circular a 120k/h es unos 20k/h de margen, así que mientras no pasemos de 140 nuestro culillo está a salvo... eso sí, cuidado con las limitaciones repentinas como en la N-IV antes de Córdoba que si no... :toma: .

Aparte en las infracciones se barajan dos medidas para aplicar la sanción: por un lado la velocidad de exceso, y por otro qué porcentaje supone esa velocidad respecto a la autorizada. Por ejemplo, si nos excedemos en 30 km/h el límite de 120 de una autovía, problema pequeño porque no hemos excedido en un 50% la velocidad permitida (sease, para 120k/h permitidos no nos hemos pasado en 60k/h); si nos pasamos esos 30km/h en casco urbano cuyo límite es 50 ... buff, problema gordo porque sí hemos excedido el límite en más de un 50% (seanse, 25km/h); es como si nos pillaran en una autovía a más de 180km/h :toma: . Con lo cual a preparar la cartera porque nos van a endiñar un buen leñazo

En lo del tema de aparcar cerca del pantano, río etc., es que no solo concurre la legislación en tema de Tráfico. Podemos incurrir en otras infracciones que transgredan otro tipo de legislaciones como las que regulan las Cuencas Hidrográficas, que supongo que será el caso. Alrededor de ríos, pantanos, costas etc., existen unas franjas denominadas zonas de seguridad y zonas de policía, que se extienden a una determinada distancia de dicho curso de agua o costa. Si te pasas ese límite (que no está señalizado y que se regula por una legislación que normalmente desconocemos la mayoría de ciudadanos y que, aparte de la Ley de Costas, desarrolla cada autonomía) pues es posible que nos metan un leñazo. Uno de mi pueblo tuvo la genial idea de sacar un puñado de arena del Júcar en Alcalá, lo pilló el Seprona y no le metió un leñazo de milagro (les daría por ahí, yo qué sé), pero si que le advirtieron que se pensara un par de veces esas cosas porque la multa iba de 600 a 6000 lerurazos, por extracción de áridos, según la gravedad del daño al ecosistema que hubiera supuesto dicha extracción...

Qué cosa!! ¿Cómo no vamos a infringir leyes si son tan raras cómo desconocidas? :estopa: Ya podía la Administración, aparte de sancionarnos, darnos un poquito de información, que no todos somos abogados, leñes.

Un saludo. Au.

ortograski2
03/02/2007, 23:57
Bueno: para aclarar el tema de forma sencilla, Como muy bien dice SOCIO , los radares tienen un margen de error. Actualmente este es del 16%. que desglosado correspondería a un 8% correspondiente al propio radar y otro 8% a tu velocímetro, TOTAL 16%.

Por tanto ante un límite de 100 Km/h, hasta 116, no te saltaría la fotita, pero de ahí para arriba, nadie te libraría de la sanción.

Otro ejemplo para limite de 120, estarías tranquilo hasta 139,2, de ahía para arriba lo mismo, sanción y así para cualquier velocidad.

SALUDOS

pikus
04/02/2007, 22:58
Pues yo creo que como moteros y mas como moteros de campo deberiamos dar ejemplo en carretera (y en el campo tambien claro) y circular siempre dentro de los limites legales (ademas de que nuestras motos no estan, en teoria, pensadas para correr). Dicho esto yo tengo comprobado que casi todos, por no decir todos, los velocimetros (tanto de motos como de coches) estan calibrados a alza, osea que marcan mas de lo que vamos en realidad (entorno al 8-10%, probad con un gps como dice rodrigo), si añadimos el margen del propio radar (posiblemente calibrado tambien al alza) y de el cuadro de multas cuando nos cace el radar no tenemos excusa.. :oops: Para otras igual si .. :-D

04/02/2007, 23:50
Ante todo, buenas noches a todos los foreros, y siento que te haya tocado un "revelado" por parte de la DGT.

Hace pocos días tuve ocasión de asistir a una conferencia que ofreció la Guardia Civil cerca de mi localidad, en la provincia de Badajoz sobre el carné por puntos, y el ponente era operador de radar, y no pude resistir la tentación de hacerle la pregunta del millón cuando hubo terminado, y las respuestas, ojo, no me hago responsable de otro "revelado" de algún forero, fueron las siguientes. Os lo digo de cabeza, pero creo que son las correctas.
En radar fijo los "tarados" que es como ellos llaman al límite al cual se hace la fotico es en límite de 60, a 69. A 100, a 120 y a 120 son 132 (este es público y lo dijo el
director de Tráfico).
En radar móvil son un poquito más holgadas, pero no mucho, en torno al 16-20% de la velocidad máxima.

Y atención a los nuevos radares que son dos: Los que miden el tiempo entre foto y foto y te sacan la media de velocidad. Y el más novedoso que es el láser, y tiene una tolerancia o margen de error de un 1%, y en ambos casos
el tarado se hace con el margen que marca la ley, que ahora es de un 10%. Este último es de color negro, con un tamaño apoximado de la caja de un casco de moto, y se monta sobre un trípode en menos de 2 minutos y no necesita de coche de apoyo, con lo cual si te lo montan detrás de cualquier señal, ni lo ves.

Ah, y para los incrédulos, todos los radares móviles pueden medir la velocidad tanto en un sentido como en otro de la circulación, por si ves a la patrulla y piensas, buah, están en sentido contrario y a mi no me pilla... y fotico a la talega.

Sobre el tema de puntos, como bien ha sido explicado más arriba, va por "cantidad por exceso" hasta que superas el 50% del máximo permitido, que aparte de los puntos te puedes encontrar con un delito contra la seguridad del tráfico y veros en el juzgado.

HASTA aquí, y con este peaso de ladrillo, donde alcanzan mis conocimientos sobre la velocidad y sobre los encargados de medirnosla. Tampoco dispongo de más datos o aclaraciones por si alguien las necesita. Solo deciros que si teneis oportunidad de ir a algún seminario o charla que dé la Guardia Civil sobre el tema, aunque solo sea por curiosidad, no os lo perdais, son interesantes, y en ningún caso son charlas catastrofistas o perdonavidas del estilo publicitario al que estamos acostrumbrados en la tele.