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Ver la versión completa : NUEVOS LIMITES DE TOLERANCIA DE LOS RADARES.



plorosanmi
06/06/2007, 18:25
no se hasta que punto esto es veridico, pero cuando el rio suena.... agua lleva, ya es la tercera noticia que tengo sobre este tema....

os adjunto lo que me dice un amiguete:

Tráfico reduce el margen de tolerancia del radar de 140 a 132 km/hora

El cambio de criterio se ha realizado sin comunicación por parte de la DGT La tolerancia ahora está basada en la suma de los posibles errores del radar y el velocímetro

Sin previo aviso Tráfico aplica un nuevo baremo en las sanciones por excesos de velocidad, habiendo rebajado los márgenes de tolerancia.

Así, antes se permitía circular a 140 km/h en autovía con un turismo o una motocicleta, y a 141 km/h era cuando el radar impulsaba la fotografía del vehículo infractor. Ahora ese margen ha quedado reducido a 132 km/h en los límites de 120 km/h, de tal forma que circular a 133 km/h conlleva una infracción de 120 euros sin pérdida de puntos.

No se puede decir que Tráfico esté actuando mal, pues al fin y al cabo está aplicando lo legislado, es decir, tolerar un margen de error del 5% en el velocímetro del automóvil, y sumar el otro margen de error del 5% del radar, haciendo que la tolerancia sea de un 10% por arriba en los límites de 100, 110 y 120 km/h, pues por debajo de estos la tolerancia es más generosa porcentualmente, pues son 10 km/h.

Para mejor comprensión publicamos este cuadro donde figuran los límites de velocidad, desde 30 hasta 120 km/h, las velocidades permitidas, la pérdida de puntos, y las sanciones económicas, distinta según se trate de un camión o autobús, y del resto de vehículos, turismos y motocicletas principalmente.

Remolques y mixtos
Quienes conduzcan vehículos con remolques o las pequeñas furgonetas, deben saber que sus límites son distintos a los de un turismos, recordando lo legislado en el Reglamento General de Circulación. En autopistas y autovías: turismos y motocicletas, 120 km/h; autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables, 100 km/h; camiones, vehículos articulados, conjuntos de vehículos, furgones, autocaravanas y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 km/h; restantes automóviles con remolque, 80 km/h.

En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras convencionales, siempre que estas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura, o más de un carril para algunos de los sentidos de circulación: turismos y motocicletas, 100 km/h; autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables, 90 km/h; camiones, tractocamiones, furgones, autocaravanas, vehículos articulados y automóviles con remolque, 80 km/h.

En el resto de las vías fuera de poblado: turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas y cuadriciclos asimilados a motocicletas, 90 km/h; autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables, 80 km/h; camiones, tractocamiones, autocaravanas, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 70 km/h.





Nuevos límites de velocidad y sanciones
El radar de la Guardia Civil modifica su baremo y comienza a multar a los conductores que circulen a más de 133 km/h. en autopistas. Hasta ahora el radar saltaba a 141 km/h.
La DGT ha enviado a todas las agrupaciones de la Guardia Civil una nueva tabla de infracciones y sanciones, en la que se ordena a los responsables del radar ajustar sus mediciones.
Circular a una velocidad entre 133 y 152 km/h en autopistas no supondrá retirada de puntos del carné, pero se considerará una infracción grave y se penaliza con multas que oscilan entre los 100 y los 120 euros, según el tipo de vehículo. La cantidad más elevada está prevista para aquellos que superen los 3.500 kilos de peso o transporten a más de nueve viajeros.
Los puntos en autopistas se perderán a partir de los 153 km/h. En carreteras de zonas urbanas, con límite de 50 km/h, se descontarán a partir de los 71 km/h.
Para que te quiten 6 puntos del carné tienes que circular a más de 199 km/h en autopistas y los 91 km/h. en las carreteras limitadas a 50 km/h.
Hay que tener en cuenta (como ya he dicho) que los vehículos con más de 3.500 kg. y los que transportan a más de 9 viajeros la cuantía de la multa es superior a igual infracción. En la siguiente tabla de límites de velocidad y sus correspondientes sanciones (multas y descuento de puntos del carné), las cifras que aparecen en verde corresponden a estos vehículos.
También hay que tener en cuenta que algunas sanciones calificadas como ‘graves’ y todas las ‘ muy graves ’ implican la suspensión del permiso de conducir


Señal de Limitación de 30:
• hasta 40 km/h. no te sancionan
• desde 41 hasta 60 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 61 hasta 70 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 71 hasta 77 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 78 hasta 84 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 85 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 40:
• hasta 50 km/h. no te sancionan
• desde 51 hasta 70 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 71 hasta 80 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 81 hasta 87 km/h. 380 € / 450 / 6 puntos (muy grave)
• desde 88 hasta 94 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 95 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 50:
• hasta 60 km/h. no te sancionan
• desde 71 hasta 80 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 81 hasta 90 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 91 hasta 97 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 98 hasta 104 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 105 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 60:
• hasta 70 km/h. no te sancionan
• desde 71 hasta 90 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 91 hasta 100 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 101 hasta 105 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
• desde 106 hasta 112 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 113 hasta 119 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 120 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 70:
• hasta 80 km/h. no te sancionan
• desde 81 hasta 100 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 101 hasta 110 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 111 hasta 120 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
• desde 121 hasta 128 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 129 hasta 136 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 137 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 80:
• hasta 90 km/h. no te sancionan
• desde 91 hasta 110 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 111 hasta 120 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 121 hasta 130 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
• desde 131 hasta 135 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
• desde 136 hasta 143 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 144 hasta 151 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 152 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 90:
• hasta 100 km/h. no te sancionan
• desde 101 hasta 120 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 121 hasta 130 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 131 hasta 140 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
• desde 141 hasta 150 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
• desde 151 hasta 158 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 159 hasta 166 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 167 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 100:
• hasta 110 km/h. no te sancionan
• desde 111 hasta 130 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 131 hasta 140 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 141 hasta 150 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
• desde 151 hasta 165 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
• desde 166 hasta 174 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 175 hasta 183 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 184 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 110:
• hasta 121 km/h. no te sancionan
• desde 122 hasta 141 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 142 hasta 151 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 152 hasta 161 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
• desde 162 hasta 181 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
• desde 182 hasta 190 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 191 hasta 199 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 200 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)

Señal de Limitación de 120:
• hasta 132 km/h. no te sancionan
• desde 133 hasta 152 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
• desde 153 hasta 162 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
• desde 163 hasta 172 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
• desde 173 hasta 198 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
• desde 199 hasta 208 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
• desde 209 hasta 218 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
• a partir de 219 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
:crac: :crac: :crac:


pedazo de ladrillo que me he marcado. :pint:

jaimev
06/06/2007, 18:36
Muy interesante, gracias por la info

Grandam
06/06/2007, 19:49
Me parece tu información de lo más interesante:

Creo que podría complementarse con el historial de multas que los miembros del foro vayamos "adquiriendo" en nuestras salidas.

Si te parece comenzaré yo con la última:

Multa de 140€ por circular a 110 km/hr en una zona de 90 (Multa de finales del 2005). Convertida automáticamente en 300€ por no identificar al conductor del vehículo (Dado que trataron de notificarme en un domicilio antiguo), y posteriormente convertida en 370€ y en apremio de embargo porque me localizaron por fin a través de la agencia tributaria en mi domicilio actual hace un mes aproximadamente.
¿Parece que no concuerda muy bien con tu tabla? :sudada: