ratbike escribió:
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Los caminos públicos son bienes de dominio público que han gozado siempre de derecho y servidumbre de paso a favor del público en general, salvo legislación específica.
Yo, que soy forestal y aplico la Ley de Montes, entiendo que toda la red de pistas forestales que "llevan a alguna parte", (para entendernos, que no son vías sin salida), tienen servidumbre de paso. Creo que la vía a seguir es precisamente esa, enfocar el asunto desde el punto de vista de las servidumbres y demostrar, con el Código Civil en la mano que si se me permitió el paso durante milenios por los caminos es porque son públicos y, por lo tanto, gozo de derecho de paso.
Por otra parte, hay jurisprudencia que impide prohibiciones genéricas como la que nos ocupa. Los jueces no admiten un "prohibido todo" con carácter general y hay sentencias que recriminan a la administración la falta de señalización en las pistas que tienen prohibido el paso. (eso sí, yo aún no las he visto pero me las van a enviar).
Hay que tender a una ordenación racional de la circulación y ahora es el momento de que los sectores implicados se hagan oir. Partiendo de la base de que "no todo el monte es orégano" habrá que señalar zonas de uso público y zonas restringidas en base a sus valores paisajísticos y/o naturales o su alto valor ecológico.
Lo que vale de bien poco es cagarse en la p*ta que parió al forestal que lo único que hace es aplicar la Ley que entre todos "nos hemos dado"