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Ya lleva tacos
Re: COMPULSACION DE DOCUMENTACION
Cuidadin con el tema porque la copia compulsada tendrá la misma validez que el original en el procedimiento administrativo concreto de que se trate, sin que en ningún caso acredite la autenticidad del documento original, por lo tanto no tiene la misma validez.
Si tuviera la misma validez sería muy fácil falsificar la documentación.
La validez de las fotocopias esta limitada a demostrar la existencia del documento, no a sustituirlo, no son un duplicado.
Por otra parte no es necesario ir a Tráfico a hacer la compulsa, te la puede hacer:
a) obligatoriamente:
- Fedatarios públicos.(notarios y demás)
- Dirección General de Tráfico y su organización periférica.
- Fuerzas de Vigilancia.
- Administración autonómica.
- Resto órganos Administración Pública.
b)Voluntariamente
- Ayuntamientos.
- Policía Municipal
Todo esto emana grácilmente, cual mandamientos magnánimos salidos de la mano del mismísimo dios, de la Ley 30/92, de, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Reglamento General de Vehículos (RD 2822/98)
Añado (copy y paste):
La Dirección General de Tráfico las considera válidas siempre que hayan sido compulsadas y esté identificado el organismo o persona que haya hecho la compulsa. La legislación vigente también permite plastificar las fotocopias.
Si se me permite una segunda revisión del post añado:
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Sanciones
# Conducir sin llevar el carné de conducir o el permiso de circulación se multa con 10 euros, mientras que hacerlo sin haberlo obtenido supone un desembolso de entre 150 y 900 euros, según el tipo de vehículo. Si el carné de conducir está caducado, la multa es de 150 euros.
# Circular sin la tarjeta ITV o sin el certificado de la última inspección supone una sanción de 10 euros. Si no se tiene la tarjeta, la multa oscila entre 150 y 900 euros; si se circula con ella retenida por una estación ITV, se sanciona con 450 euros.
# Si se ha dejado la póliza del seguro obligatorio o el último recibo del mismo en casa, sepa que deberá abonar 60 euros. Circular sin seguro conlleva una sanción de entre 600 y 3.000 euros. Si la entidad aseguradora de su vehículo no le ha hecho llegar el último recibo, dispone de 30 días para presentarlo.
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