buen post compañero pero no me que da aun claro.
unos decis una cosa otros otra :crac:
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kieddis79 escribió:
Para nada dudo que a tu colega le hayan multado por no llevarlo porque es obligatorio para cualquiera que esté de pié en un arcén , vamos , que no es lo mismo aparcar la moto y subirte a la acera que pararte en un arcén y sacar la cámara de fotos para fotografiar a tus colegas de ruta ...
Vamos , que como tu colega no te explique mejor cómo fué el tema (o tu a nosotros) , puede haber mil interpretaciones .
Mientras no sea obligatorio la instalación de un top-case , maletas o alforjas no te pueden exigir llevar nada ajeno a la moto que no quepa en el hueco de las herramientas .
El hecho de que te hayan dicho que si en los sitios donde has llamado y el guardia civil que ha parado al compañero diga que no , no hace más que confirmar que no tienen ni ellos el tema muy claro que digamos , no creo que haya ningún policía con la duda de si es obligatorio ponerse el casco . Vamos , que depende directa y proporcionalmente del grado de simpatía del agente en cuestión y ante la duda , hacerse el buenecíto , el ignorante y cruzar los dedos hasta de los pies .
Que poco conoces a los mossos de escuadra,, con estos ya puedes cruzar hasta las orejas que como puedan aplicarte cualquier sancion ni que le vailes la macarena.
Yo tansolo me remito ha lo que he dicho pues despues de que el colega me contara su caso y viendo que la ley no escluye en absoluto en ningun articulo de la obligacion de llevar el chaleco pues les he pedido la informacion a los que pueden multarme y que cada uno se arriesge a lo que sea o se informe en la dgt .
Pero puesto seguro que no lo llevo por que aun que evidentemente me pienso comprar el chaleco en Naraja ¡¡¡me taparia el logo de KTM de la espalda![]()
yo como ya se a divho creo que igual in fluye tambien el genio del guardia.......me remito ha lo que he dicho pues despues de que el colega me contara su caso y viendo que la ley no escluye en absoluto en ningun articulo .......... .
a mi no no me han multado hasta ahora por nada,pero motivos nos les han faltado,pero me deven de ver un poco tonto o algo asi y como me han hecho entrar en razon siempre y yo no se la he quietado, pues,creo que algo habra influido.
bueno si que me multaron hace7 años por que era novel y habia bebido dos cañas y di 0,17 y el tope era 0,15
Diego eso esta claro pero los MOSSOS DE ESCUADRA funcionan con tolerancia cero ellos te entienden pero te tienen que multar y na de na por mucho que le llores.transalp769 escribió:
yo como ya se a divho creo que igual in fluye tambien el genio del guardia.......me remito ha lo que he dicho pues despues de que el colega me contara su caso y viendo que la ley no escluye en absoluto en ningun articulo .......... .
pues menos mal que aun no he salido de aragon la moto![]()
que conste que no lloro eh!!!!deve de ser la cara de primo que tengo y porque son evidentes mis despistes
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pero jolin aveces lo pienso....si me hubieran multado....en alguna de la ocasiones hubiera sido de ser un poco capullicos.
volviendo al caso yo llevo reflectantes de todos modos,y gracias por toda info que nos has dado,y nos estais dando en general![]()
Mc-Gyver escribió:
Articulo 118 del Reglamento General de Circulacion para al aplicacion y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre trafico, circulacion de vehiculos...
Los conductores de turismos, de autobuses, de automoviles destinados al transporte de mercancias, de vehiculos mixtos, de conjuntos de vehiculos no agricolas, asi como slos conductores y personal auxiliar de losvehiculos piloto de proteccion y acompañamiento, deberan utilizar un chaleco refelctante de alta visibilidad certificado segun el real decreto 1407/1992 de 20 de noviembre, por el qu se regulan las condiciones para la comercializacion y libre circulacion intracomunitaria de los equipos de proteccion individual, que figura entre la dotacion obligatoria del vehiculo cuando salgan de este y ocupen la calzada o el arcen de las vias interurbanas.¿¿Y tú que las incluya?? No quiero crear polémica, pero yo creo que antes de aseverar una cosa como la que haces en el post ( que el chaleco reflectante SI que es obligatorio en la moto) deberías estar muy seguro de que es así. (cosa que no creo para nada)javier750 escribió:
Ese articulo es el que ronda por todos los foros y ya lo habia visto ,pero donde lees tu que escluya las motos?
El artículo 118 del Reglamento General de Circulación te lo dice bien clarito (en concreto el 118.3) que los conductores de turismos, de autobuses, de automóviles destinados al transporte de mercancías, de vehículos mixtos, de conjuntos de vehículos no agrícolas (así que los de los tractores con sus remolques llenos de estiércol también están exentos), así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento, deberán utilizar un chaleco reflectante, A LAS MOTOS NO SE LAS NOMBRA PARA NADA.
No hay más vueltas que darle al tema y ninguna autoridad (GC, Mossos, Ertzaintza, Miñones ............) se van a inventar una sanción de un hecho no sancionable, por lo que te pediría que le pidieses a tu amigo que te enseñe dicha denuncia.
Salud.
Resumen del articulo 118, a mi entender:
Estan obligados:
- Turismos
- Autobuses
- Automóviles destinados al transporte de mercancías
- Vehículos mixtos ¿¿Eso son las trails o los carros de tracción animal??
- Conjuntos de vehículos no agrícolas (TODO menos tractores)
No habrian acabado antes con "cuaquier vehiculo a excepción de los agricolas"?
No he visto en ninguna parte lo de los vehiculos de dos ruedas por eje, no sé si habrá una modificación o no del articulo o este estará englobado en un apartado específico de este tipo de vehiculos, pero tal como está redactadosolo quedan exentos tractores y, posiblemente, los ATV.
Team Mistela
Yo no digo nada que no este seguro pá empezar.javif800 escribió:
Mc-Gyver escribió:
Articulo 118 del Reglamento General de Circulacion para al aplicacion y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre trafico, circulacion de vehiculos...
Los conductores de turismos, de autobuses, de automoviles destinados al transporte de mercancias, de vehiculos mixtos, de conjuntos de vehiculos no agricolas, asi como slos conductores y personal auxiliar de losvehiculos piloto de proteccion y acompañamiento, deberan utilizar un chaleco refelctante de alta visibilidad certificado segun el real decreto 1407/1992 de 20 de noviembre, por el qu se regulan las condiciones para la comercializacion y libre circulacion intracomunitaria de los equipos de proteccion individual, que figura entre la dotacion obligatoria del vehiculo cuando salgan de este y ocupen la calzada o el arcen de las vias interurbanas.¿¿Y tú que las incluya?? No quiero crear polémica, pero yo creo que antes de aseverar una cosa como la que haces en el post ( que el chaleco reflectante SI que es obligatorio en la moto) deberías estar muy seguro de que es así. (cosa que no creo para nada)javier750 escribió:
Ese articulo es el que ronda por todos los foros y ya lo habia visto ,pero donde lees tu que escluya las motos?
El artículo 118 del Reglamento General de Circulación te lo dice bien clarito (en concreto el 118.3) que los conductores de turismos, de autobuses, de automóviles destinados al transporte de mercancías, de vehículos mixtos, de conjuntos de vehículos no agrícolas (así que los de los tractores con sus remolques llenos de estiércol también están exentos), así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento, deberán utilizar un chaleco reflectante, A LAS MOTOS NO SE LAS NOMBRA PARA NADA.
No hay más vueltas que darle al tema y ninguna autoridad (GC, Mossos, Ertzaintza, Miñones ............) se van a inventar una sanción de un hecho no sancionable, por lo que te pediría que le pidieses a tu amigo que te enseñe dicha denuncia.
Salud.
Y si consideres a tu moto un tractor que trasporta estiercol como tu dices pues tu si que estas escento de llevarlo.
Salut
Hola:
Respecto al tema de los chalecos, meteré uno en la mochila a partir de ahora y de lamparas de repuesto ya llevo un juego. El recibo del seguro que dicen que no es obligatorio llevarlo encima, también lo llevo. Todo esto, para "intentar" tener los mínimos problemas con los que velan y protegen mi seguridad. Sobretodo intentan que no lleves demasiado dinero en el bolsillo, porque te lo robarían, quizás por éso no perdonan una y te denuncian. Sí, soy de Barcelona, provincia y capital de Catalunya, de donde los Mossos de Esquadra són.
Si queréis ejemplos... Ayer a mediodía en las notícias daban que los Mossos multaron a una chica por "tocarse el pelo en una curva suave", pararon a un ciclomotor que hizo una infracción y al sacar los papeles le cayó al suelo un bote que había 42 chicles y como no los recogió, multa y 3 puntos menos "por ensuciar la via publica y poner en riesgo la conduccion por falta de adherencia".
Vosotros sacad vuestras conclusiones, que yo ya tengo las mias referente a los cuerpos de seguridad.
Saludos