No se si se puede, pero siempre hay ke recurrir
Esto es lo ke dice el punto 6:
6. bla, bla, bla, el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, queda prohibida la circulación por las pistas forestales de vehículos de tres ruedas, cuadriciclos,quads, ciclomotores de tres ruedas, cuadriciclos ligeros y quads-ATV. Asimismo, se prohíbe la circulación de cualquier otro vehículo a motor sin matrícula y el uso de neumáticos de motocrós en la rueda motriz fuera de los circuitos debidamente autorizados excepcionalmente.
Vamos, que lo de los "neumaticos de motocros" no queda muy claro para nosotros, para ellos si: rueda de tacos=receta. Al cabo de unos dias me llamaron por telefono los Seprona y me explicaron que habian estudiado mi caso (actitud, tipo de moto, tema ruedas, velocidad...) y que por esta vez me perdonaban, guay, pero que susto llevé encima esa semanita.![]()