Cita Iniciado por mugire Ver mensaje
vayamos por partes.

Si estas hablando de una operación de compra-venta en la que tu eres uno de los implicados te responderé que junto a las fotocopias de ambos DnI, la documentación del vehículo con la ITV al día, el justificante de tener pagado el impuesto municipal correspondiente, habrás de contar con el justificante de pago del impuesto de trasmisiones de vehiculos, que al menos en el País Vasco lo llevan cada diputación. (Vas allá con la documentación del vehículo y ellos te rellenan y te dicen cuanto te corresponde abonar).

Con este ya pagado te vas luego a trafico, pagas igualmente los costes de cambio de titularidad, rellenas la hojas correspondientes y la cosa se resuelve con suerte en una mañana.

Aunque puedes hacerlo sin la presencia de uno de los intervinientes (comprador/vendedor) mejor ir los dos.


Si eres tu quien vende la moto valdría con darle el impuesto municipal, la documentación con su ITV en regla, una fotocopia del DNI y rellenar (firmar) los impresos de tráfico.

El hacer un contrato de compraventa eximiendo te de cualquier responsabilidad a partir de una determinada fecha, y en la que se indique una cantidad abonada, matricula, nº bastidor etc, ademas de los dnis de ambos y sus firmas no es una mala practica.
En Madrid es exactamente igual. Si eres el comprador, te personas en hacienda, pagas las tasas de transferencia del vehiculo, después vas a tráfico con ese documento, DNI de vendedor y comprador, contrato de compra-venta firmado por ambos, documentación del vehiculo y PACIENCIA. No es necesaria la presencia del vendedor si te ha entregado toda la documentación.