Pues eso.. siempre he pensado que hay algunas características técnicas del vehículo que no son compatibles de un estado al otro, Por ejemplo, una chopper que es perfectamente legal en EEUU no tiene problemas para circular en España... pero no pasaría la ITV ni de coña!!!! Y un deportivo comprado en Alemania no lleva el limitador de 250kms/h que si lleva en España o Francia, pero evidentemente puede circular por donde quiera.

Así pues, y evidentemente hablando exclusivamente de las características técnicas del vehículo (en ningún caso de las infracciones derivadas de las normas de circulación propiamente dichas), pueden las autoridades Españolas poner una multa por una característica técnica poner una multa a un vehículo con matrícula extranjera?

Es decir; Pueden poner una multa a mi moto con matrícula de Andorra por (por ejemplo) exceso de ruido, modificaciones del vehículo, neumáticos inapropiados... etc..???

Vssssssssssssssss