Que haya quien la lleve puesta en una ST 1200 no quiere decir que sea legal, y el primer policia que se de cuenta te la puede clavar.
Ni siquiera en la DRZ es legal.
Que haya quien la lleve puesta en una ST 1200 no quiere decir que sea legal, y el primer policia que se de cuenta te la puede clavar.
Ni siquiera en la DRZ es legal.
SUZUKI DRZ400 S
Hombre!!! El Sr. JaimeV.
He leido tus posts de preparación de la ternera, para mi es toda una referencia, estoy por crear tu club de fans!!!
Directamente a la carcel, solo te libras si pones vino en los callos y en la coca cola, y luego te tomas un solysombra y te fumas un "perrero" (el hermano pobre de la faria, para el que no lo sepa)
Jaime puede llevar matrícula pequeña porque al ir a una rueda no se distingue si es la pequeña o la grande....
Es legal en la Drz E, no en la S.
Por motocicletas enduro se entienden los vehículos de las características
siguientes:
a) altura mínima del asiento: 900 mm;
b) distancia mínima del suelo: 310 mm;
c) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación
primaria × relación de transmisión × relación de transmisión
final): 6,0.
La ternera 895mm de asiento, 5mm por debajo!!! La altura libre + de 300mm, y la relación de transmisión... ni flores
Por cierto, todas esas modificaciones se tienen que regularizar mediante itv, no?