Cita Iniciado por luismi07 Ver mensaje

La ley dice solo para motos de trial y enduro. Y esta es la definicion de moto de enduro.

Otra cosa es que el empleado de turno en la ITV no lo tenga claro y cuele. Pero eso te puede pasar o no. Y puede ser que pases ITV, pero te multe la guardia civil.

Por motocicletas enduro se entienden los vehículos de las características
siguientes:

a) altura mínima del asiento: 900 mm;
b) distancia mínima del suelo: 310 mm;
c) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación
primaria × relación de transmisión × relación de transmisión
final): 6,0.

Pues creo que tu Drz S cumple esas características, a no ser que se haya modificado alturas.