Me he tenido que ir a mirarlo... y tienes suerte con tu ITV...
A mi cada vez me da mas pereza andar montando y desmontando o cambiando cosas para la ITV. Con esta al menos vas 4 años tranquilo, si la cambias antes, miel sobre hojuelas.
"Procedimiento de ensayo: El técnico de la estación ITV procederá a introducir todo lo posible la sonda de toma de muestras de gases en el tubo de escape del vehículo, ya sea en el propio tubo o en el tubo colector acoplado al primero.
Se determinará la eficacia del dispositivo de control de emisiones midiendo el valor de lambda y el contenido de monóxido de carbono (CO) en los gases de escape.
Para llevar a cabo el control de las emisiones del tubo de escape del vehículo, la medición del contenido de CO
se realizará mediante el método de ralentí y ralentí acelerado, mientras que el valor del coeficiente Lambda (λ) sólo se realizará mediante el método de ralentí acelerado, de acuerdo al procedimiento que se describe a continuación.
Medición con el motor al ralentí:
La caja de cambios estará en punto muerto y el motor embragado girando en régimen de ralentí.
Esta posición se deberá mantener hasta que el valor de la medición se estabilice.
En los vehículos que estén equipados con sistemas de diagnóstico a bordo (DAB) con arreglo a la Directiva 98/69/CE, adicionalmente a esta prueba de medición, se podrá también optar por comprobar el funcionamiento correcto del sistema de emisión a través de la lectura adecuada del mecanismo DAB y del control simultáneo del funcionamiento adecuado del sistema DAB.
Medición al ralentí acelerado:
Con la caja de cambios en punto muerto y el motor embragado se deberá accionar el acelerador hasta obtener un régimen estabilizado del motor, según las prescripciones del fabricante o en su defecto superior a 2.000 r.p.m., al menos durante 30 segundos. La medición se realizará inmediatamente después, manteniendo la posición hasta que el valor de la medición se estabilice.
En ambas mediciones se anotarán el valor obtenido de CO. El valor del coeficiente λ será el obtenido sólo en la prueba del ralentí acelerado.
- VALORES LÍMITES:
Medición con el motor al ralentí:
» Para vehículos matriculados antes del 01/07/2002, el contenido máximo autorizado de CO en los gases de escape no superará el límite de
0,5% en volumen de CO.
» Para vehículos matriculados por primera vez a partir del 01/07/2002, el contenido máximo autorizado de CO en los gases de escape no superará el límite de
0,3% en volumen de CO.
Medición con el motor al ralentí acelerado:
» Para vehículos matriculados antes del 01/07/2002, el contenido máximo autorizado de CO en los gases de escape no superará el límite de
0,3% en volumen de CO.
» Para vehículos matriculados por primera vez a partir del 01/07/2002, el contenido máximo autorizado de CO en los gases de escape no superará el límite de
0,2% en volumen de CO. "
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