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Tema: Por donde se puede andar en moto en Asturias

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  1. #1
    Ya lleva tacos Avatar de Eremita
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    14 Aug, 18
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    Gijón - Asturias
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    Por donde se puede andar en moto en Asturias

    Me refiero en el ámbito rural.

    Tenía dudas y las quise resolver.

    Llamé al SEPRONA para preguntar si existía algún mapa donde se pudieran ver las rutas rurales por las cuales se pudiera circular en moto y por cuales no.
    Muy amablemente me dijeron que preguntara en la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias.
    Les llame y me dirigieron al Departamento de Espacios Protegidos.
    Allí quedaron en informarse y llamarme cuando supieran algo, y al poco lo hicieron.

    Me remitieron al Departamento de Montes y por fin me dieron la información que necesitaba.

    No se puede circular con motos por vías rurales de forma recreativa.
    O sea, por ningún lado.

    Las vías rurales solo se pueden utilizar para el uso y traslado de vehículos de trabajo de campo o desplazamiento de los propietarios de las fincas.
    En el caso de que no hayan fincas privadas, tampoco.


    Si se quiere hacer una ruta, hay que solicitarlo matizando bien todos los detalles, desde el recorrido, por donde se pretende hacer, cuantos vehículos y de que tipo participarán y duración aproximada.

    Me dio por preguntar cuanto tardaban en dar la autorización y me comentaron que aproximadamente un mes.

    Quedé pensativo y pensé en las carreteras sin asfaltar, o sea las pistas que no son propiamente forestales. Esas se consideran vías rurales.

    Volví a llamar a Montes y me enviaron a la Consejeria de Infraestructuras, a la Dirección General de Carreteras.

    Ellos me comentaron que no lo sabían a ciencia cierta, pero que quien podría saberlo fijo era la Dirección General de Cooperación Local y a ellos me dirigí.

    No lo saben, porque ellos solo se dedican a hacer las obras, y no saben las consideraciones que tienen las vías en las que trabajan, peeeeeero si me comentaron que esos tramos/vías/carreteras/pistas o el nombre que cada uno le aplique, quien si tiene constancia del tipo que son, son los ayuntamientos de los municipios (en Asturias, Concejos)
    Así que lo del pulpo y el animal de compañía jejejejeje porque no tengo pensado llamar a los 78 Concejos asturianos que existen

    Ahora ya no puedo excusarme en el desconocimiento de la ley

    Esto es lo que hay.
    Un saludo

    PD: Me acabo de dar cuenta que esto igual debería ir en el subforo de salidas y quedadas, si así lo consideráis, que por favor los pasen allí, gracias.
    Última edición por Eremita; 18/10/2018 a las 12:22

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