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Ya lleva tacos
Me lo he planteado alguna vez y buscando info he encontrado esto:
Moto en furgoneta: tipos y requisitos legales
Con el carnet B de coche se pueden conducir furgonetas con peso máximo autorizado de 3.500 kg. Ahora bien, hay que distinguir entre los tres tipos de furgonetas que existen, según su ficha técnica. En todos los casos el Impuesto de Matriculación está exento, un ahorro de dinero importante que puede suponer en algún caso el 14% del valor del vehículo. Esto conlleva igualmente otras obligaciones, como la de tener que pasar la ITV cada dos años durante los seis primeros años; cada año hasta que cumple diez; y cada seis meses a partir de esos diez años. Durante los cuatro primeros años no se puede cambiar de titular a menos que se pague el Impuesto de Matriculación, aunque después sí que se puede pasar a turismo sin abonar esta carga, con lo que ya no le afecta la periodicidad de la ITV ni a los límites de velocidad reducidos. Los tipos de furgonetas son las siguientes:
- Furgón comercial: Concebido para el transporte de mercancías, teniendo la cabina integrada y con un máximo de nueve plazas, incluyendo la del conductor. Debe contar con un panel de separación para la carga, el cual debe ser rígido y de chapa, y no se permite mobiliario atornillado. La carga debe ir siempre amarrada con correas o pulpos. La velocidad máxima es de 90 km/h. En los furgones comerciales, los que no suelen tener ventanas traseras, es necesario contar con tarjeta de transporte para poder llevar una moto que no sea propia, de ahí que sea recomendable llevar la documentación en caso de ser parados por la policía.
- Vehículo mixto adaptable: También llamadas combis. Preparadas para llevar personas y/o mercancías, pero debidamente separadas mediante una rejilla cuando haya carga. Esta rejilla puede ser fácilmente desmontable y no es necesario que esté puesta cuando se pase la ITV. Se permiten hasta nueve plazas de asiento, incluida la del conductor, pudiéndose quitar y poner filas de asiendo dependiendo de las necesidades. La carga debe ir siembre sujeta con correas o pulpos y nunca atornillada para que no se considere vivienda La velocidad máxima permitida en autopista es de 100 km/h. Se permite el uso privado con ellas, pudiendo transportar motos sin la tarjeta de transporte. Suelen contar el lateral con chapa y ventana, por lo que la mercancía queda a la vista.
- Derivado de turismo: Vehículo que deriva directamente de un turismo el cual dispone únicamente de una fila de asientos delanteros pues se destina exclusivamente al transporte de mercancías. Lavelocidad máxima es de 100 km/h
*Añadiría a todo esto lo mismo que el compañero y que ya me indicó un transportista; la moto ha de ir sin gasolina.
Última edición por Pablo Solo; 16/07/2019 a las 13:53
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