
Iniciado por
Sebas
Lo que yo leo, traducido, dice:
Zona de Especial Protección de la Calidad Acústica
Sólo se permite el acceso con motos, quads, ATV y Buggies, del 1 de junio al 31 de octubre, en grupos de máximo 3 vehículos por motivos de protección acústica.
Es decir, del 1 de noviembre al 31 de mayo, haya nieve o no, no está permitida la circulación de estos vehículos. Si estos vehículos han pasado su ITV no se les puede presuponer que producen más ruido del permitido. Que pongan una cabina en el acceso y midan el sonido de los vehículos sospechosos. Y lo de "Protección de la calidad acústica", tela... ¿Cuál tiene mayor "calidad", una monocilíndrica, una bicilíndrica, tricilíndrica, tetracilóndrica, 4T, 2T...? Típico redactado de político y/o funcionario "iluminado".
Y en invierno ¿van a limitar el paso de las motos de nieve de Baqueira Beret?