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Ya lleva tacos
Re: conducir con escayola
Depende del punto de vista del Policia que te pare, puede ser "conducir un vehículo sin mantener la propia libertad de movimientos" RGC art. 18-1-1A (60€); "conducir sin la diligencia y precaucion necesarias" RGC art. 3-1-1A (150€); o incluso "conducir de forma negligente creando un riesgo para otros usuarios de la via" RGC art. 3-1-2B (300€ y cuatro puntos).
Por lo demás, mi maldito escafoides izquierdo se necrosó y gracias al Dr. Jiménez, a sacarme hueso de la cadera, cinco meses y medio de escayola y seis de reabilitación, ahora puedo seguir con la moto. Cuidatelo muchisimo.
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